Foro recurre judicialmente el voto por correo y el TSJA no ve necesario parar la formación del Parlamento
- Tras la decisión de la Junta Electoral, FAC continuará con los recursos
- FAC impugna más de 300 votos recibidos por correo ordinario
- El presidente del TSJA espera resolver el recurso en 8 o 10 días
La Comisión Directiva de Foro ha aprobado por unanimidad en la reunión celebrada este miércoles bajo la presidencia de Francisco Alvarez-Cascos proceder a la presentación del recurso contencioso-electoral previsto en artículo 109 LOREG así como, en su caso, recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional frente al acta de la Junta Electoral de Asturias de proclamación de candidatos electos.
El motivo de impugnación, según Foro, es que la LOREG regula de forma minuciosa el procedimiento de voto de los residentes ausentes, estableciendo que, en caso de ejercerse por correo el derecho de voto, su remisión ha de realizarse a través de la Oficina Consular. Su recurso frente a la Junta Electoral Provincial por este caso ha sido desestimada recientemente.
Según Foro, el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma son constitutivos y afectan a la validez del voto, que debe asegurar la personalidad y el secreto del voto y su emisión, siendo una materia de extraordinaria delicadeza la relativa a las garantías de autenticidad del voto de los residentes-ausentes, y según el partido, en este caso se prescinde alegremente de esas exigencias.
Para el partido liderado por Francisco Alvarez-Cascos, "la irregularidad cometida, mezclando el voto recibido directamente por la Junta Electoral con el enviado a través de las delegaciones consulares y diplomáticas, es de una trascendencia excepcional, ya que supone un obstáculo en la determinación de la verdad material del resultado electoral, por lo que ocasiona una situación de incertidumbre en cuanto a la determinación de cuál era el sentido del voto de un número elevado de papeletas".
El criterio defendido por Foro se sustenta en el voto particular formulado por Juan José González Rivas, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y miembro de la Junta Electoral Central, que entiende que el voto CERA remitido directamente a la Junta Electoral infringe el artículo 75 LOREG y las garantías con la que se ha rodeado este procedimiento de votación, atentando contra el principio de verdad material que ha de presidir toda votación, debiendo anularse la totalidad de voto CERA al haberse procedido por la Junta Electoral Provincial, de modo indebido, a la mezcla de votos.
En ocho o diez días estará resuelto en el TSJA
El presidente del TSJ de Asturias, Ignacio Vidau, ha destacado este miércoles que los plazos que la Justicia tiene para resolver el recurso de Foro sobre el voto emigrante en las pasadas elecciones son "brevísimos", por lo que no tendrían sentido medidas cautelares de paralización de la composición del Parlamento.
Vidau lo ha señalado instantes antes de que la comisión directiva de Foro haya dado a conocer su decisión de presentar un recurso contencioso-electoral contra el acta de proclamación de diputados electos, debido a que sostiene la irregularidad de 332 votos de emigrantes que no se tramitaron a través de los consulados.
Ha indicado que existe un procedimiento de urgencia al tratarse de una materia electoral y que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que él preside resolverá la cuestión en ocho o diez días.
En el caso de que el TSJ desestime el recurso de Foro, a este partido sólo le quedará recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que, como ha recordado Vidau, tendrá un plazo "brevísimo" de quince días.
En opinión de Vidau, por tanto, "no tiene sentido" que Foro solicite medidas cautelares de paralización de la composición del Parlamento y del nuevo Gobierno.
La sesión constitutiva del Parlamento está prevista para el viernes 27 de abril.