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'El Cuco' permanecerá en un centro de menores hasta marzo de 2013, cuando quedará libre

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el cómputo hecho por el juez de  Menores respecto al internamiento del joven apodado El Cuco, condenado  por encubrir el crimen de Marta del Castillo, por lo que quedará  definitivamente libre en marzo de 2013.

El joven, que fue condenado a dos años y once meses de internamiento  seguido de un mes de libertad vigilada por un delito de encubrimiento  en relación al caso de Marta del Castillo, permanecerá interno en un  centro de menores hasta el día 8 de marzo del año 2013, fecha en la  que quedará en libertad.

En un auto dictado el pasado día 13 de abril, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial  rechaza los recursos presentados por la acusación particular y por la  Fiscalía, que entendía que la estancia del joven en un centro se  debía prolongar hasta mediados de septiembre de 2013.

Ambos, Fiscalía y los padres de Marta, recurrieron porque el  condenado "no ha colaborado de manera activa para esclarecer los  hechos y evitar el dolor añadido causado".

Absuelto de violación y asesinato de Marta del Castillo

El Cuco fue absuelto de la violación y asesinato de Marta, ocurrida en enero de 2009, y condenado por encubrir esos delitos cometidos por su amigo mayor de edad Miguel Carcaño, que finalmente fue condenado a veinte años de cárcel por asesinato y absuelto de la agresión sexual.

El chico, que tenía 15 años cuando desapareció Marta, pasó nueve meses en un centro de menores, el máximo previsto por la ley, y posteriormente estuvo residiendo en un piso tutelado de Cádiz con prohibición de acercarse a menos de 50 kilómetros de Sevilla, donde viven los padres de la víctima.

El juez de Menores acordó computar el año y siete meses que el Cuco pasó en el piso tutelado a razón de un día de internamiento en centro de menores por cada tres de cumplimiento de dicha medida.

Además, contabilizó como un día de internamiento en centro cerrado cada seis días con prohibición de acercarse a Sevilla.

Comparte criterio con el juez de Menores

La Audiencia dice que el juez de Menores tuvo en cuenta el informe del fiscal, de la acusación particular y de los técnicos, y tras un "razonamiento que no puede ser considerado ilógico o arbitrario" fijó la compensación "con criterios que compartimos".

Además, recoge que al juez de Menores "no le consta" que se haya utilizado la equivalencia que ahora propone el fiscal con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Penal del Menor, "hace ahora 11 años".

Incluso en una ocasión el juzgado de Menores 1 de Sevilla, en un auto consentido por la Fiscalía, acordó la compensación ahora aplicada pese a tratarse "de un delito de homicidio, que no encubrimiento como es el caso presente".

La Audiencia dice que "desde luego" no considera que la convivencia en piso tutelado, en cuanto a gravedad, "pueda ser catalogada por debajo de la medida de libertad vigilada", pues "el Cuco" se vio obligado a "convivir durante el periodo establecido con una persona, familia distinta a la suya o con un grupo fuera de su domicilio" y "abandonó familia, domicilio y entorno social".

La compensación por la medida de alejamiento de Sevilla también le parece a la Audiencia "justificada y proporcionada" porque supuso la obligación de convivir en un centro situado a más de 100 kilómetros de su domicilio "y ello comporta limitación sensible de que en los permisos pueda volver a su ciudad y su entorno, con limitación de sus derechos".