Enlaces accesibilidad

Un juez plantea una cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral

  • Cuestiona que se haya aprobado como decreto ley
  • Cree que se vulnera la tutela judicial del trabajador
  • Crítica que los salarios de tramitación queden al albur del empresario

Por

El juez José Angel Folguera Crespo, adscrito al Juzgado de lo Social número 30 de Madrid, ha elevado una cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral aprobada por el Gobierno del PP a raíz del caso de tres trabajadores que fueron despedidos por causas disciplinarias y que recurrieron a los tribunales por entender que sus despidos eran realmente improcedentes.

En el auto, Folguera duda de que esté justificado el vehículo elegido para aprobar la reforma laboralun decreto ley, para el que se exigen razones de extraordinaria y urgente necesidad (artículo 86.1 de la Constitución).

El juez también argumenta su cuestión de inconstitucionalidad en la posible vulneración de la tutela judicial del trabajador frente al despido (artículo 24 de la Carta Magna), del derecho a la igualdad (artículo 14) y del derecho constitucional a la asistencia y prestaciones sociales, especialmente en desempleo (artículo 41).

Dudas sobre los salarios de tramitación

Las dudas del juez sobre la constitucionalidad de esta norma surgen, sobre todo, a raíz de la nueva regulación que da la reforma a los salarios de tramitación, sólo abonables en los casos en los que, tras declararse improcedente el despido, el empresario opte por readmitir al trabajador.

Si, por el contrario, opta por indemnizarle, el trabajador no tiene derecho a percibir los salarios de tramitación, pero si ha acumulado derechos suficientes podrá acceder a las prestaciones por desempleo, sin que el empresario se haga cargo de ellas.

"Es la transferencia al empresario de la opción de abonar o no salarios de tramitación y los términos de tal atribución lo que constituye el objeto de la presente cuestión de inconstitucionalidad", expone el juez.

El Consejo de Garantías Estatutarias, organismo de carácter  consultivo de la Generalitat de Cataluña, ya consideró inconstitucionales  varios puntos de la reforma laboral, incluidos algunos sobre  competencias pero también sobre asuntos claves de la negociación colectiva, porque considera excesivo el poder dado a las empresas.

El  organismo concluyó por unanimidad que deberían revisarse diversos  apartados de los artículos 12 y 14 de la reforma que, tras entrar en  vigor por decreto y provocar una huelga general, sigue su trámite parlamentario.