La Audiencia Nacional archiva la última causa contra el dictador Augusto Pinochet
- El juez Pablo Ruz ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa
- En Chile se investiga la misma causa y esa jurisdicción es "preferente"
- En 2005, Garzón imputó a la mujer de Pinochet delitos de blanqueo de capital
El juez Pablo Ruz ha decretado el sobreseimiento provisional de una causa que aún permanecía abierta en la Audiencia Nacional contra la viuda del dictador chileno Augusto Pinochet, Lucía Hiriart, su abogado Oscar Custodio Aitken y dos altos cargos del Banco de Chile, Pablo Granifo Lavín y Hernán Donoso Lira, por delitos de blanqueo de capitales y alzamiento de bienes.
El magistrado ha archivado la investigación -abierta por el juez Baltasar Garzón a raíz de una querella presentada en 1998 por la Fundación Española Presidente Allende por delitos de genocidio, terrorismo y torturas, dentro del sumario que investigaba el denominado 'Plan Cóndor'- al considerar que la Justicia chilena ya investiga a la mujer de Pinochet por los mismos hechos.
Garzón consideraba que la viuda y los otros imputados podrían haber contribuido a la desaparición de "importantísimas cantidades de dinero de origen presuntamente ilícito" obtenidas por la familia Pinochet.
En septiembre de 2004 amplió la imputación a Hiriart y Aitken por los delitos de alzamiento de bienes y blanqueo de dinero, y en febrero de 2005 acordó el sobreseimiento libre de la causa contra el Banco Riggs National Corporation que accedió al pago voluntario de una multa de 16 millones de dólares.
La Fundación querellante presentó el 4 de abril de 2007 una segunda ampliación de querella contra el gerente general del Banco de Chile entre 2001 y 2005, Pablo Granifo, el responsable de la institución en Nueva York, Hernán Donoso, y otros cuatro responsables de la entidad bancaria y de dos de sus filiales de bolsa y fondos de inversión.
Garzón resolvió esta último petición admitiendo la ampliación de la querella pero sin identificar a los responsables concretos contra los que se dirigía la acción penal, ya que, según explicaba, de la documentación aportada por los querellantes no se desprendía "la concreta participación de cada uno en los hechos delictivos investigados".