El Congreso exime a los licenciados en Derecho del máster para colegiarse
- Se ha aprobado en la Comisión de Justicia con una abstención
- Enmienda la Ley de Acceso a la Abogacía, que entró en vigor en noviembre
La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este jueves, con una sola abstención, una enmienda a la Ley de Acceso a la Abogacía, que entró en vigor el pasado mes de noviembre, que exime a todos los licenciados en Derecho del máster de acceso que se exigirá a los graduados para colegiarse.
El acuerdo se alcanzó el pasado martes en la ponencia que tramita en el Congreso el proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles gracias a una enmienda transaccional que el PP planteó al resto de los grupos parlamentarios, algunos de los cuales, como la Izquierda Plural, habían presentado enmiendas en ese mismo sentido.
La modificación responde a la petición de los licenciados en Derecho, que reclamaban que se pusiera fin a la discriminación que para ellos suponía la ley, que -según la ultima reforma aprobada por el Gobierno en marzo- sólo eximía de cursar la parte teórica del máster que se exige para colegiarse a quienes se matricularon en la licenciatura entre 2007 y la entrada en vigor de la norma.
La enmienda establece que los títulos profesionales que se regulan en la Ley de Acceso "no serán exigibles a quienes obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma", siempre que en el plazo máximo de dos años, desde que estén en condiciones de solicitar el título oficial de licenciado, procedan a colegiarse.
De esta forma, se pretende que quienes se matricularon en la desaparecida licenciatura -y por tanto deben cursar 5 años de estudios- no queden discriminados respecto a los actuales estudiantes de grado en Derecho -título que se obtiene en 4 años-.