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El Gobierno quiere modificar la ley para que la custodia compartida deje de ser excepcional

  • Ahora el Código Civil recoge esta opción como algo excepcional
  • El juez decidirá qué es lo más conveniente para el menor

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El Gobierno se ha comprometido a impulsar una "ley nacional" que modifique el Código Civil para que sea el juez el que decida, en casos de divorcio o separación, el régimen de custodia de los hijos, teniendo en cuenta el interés del menor y tras recabar los informes de las distintas partes afectadas.

El anuncio ha sido realizado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en el Congreso de los Diputados en respuesta a una interpelación del grupo de UPyD, en la que la diputada Rosa Díez ha reclamado una ley de custodia compartida como "opción preferente" en casos de separaciones.

Ruiz-Gallardón ha reconocido que la regulación prevista en el Código Civil "ha quedado obsoleta" y ha pedido seis meses a la Cámara para poder elaborar un proyecto de ley que reúna el consenso del Parlamento que consiga reunir el consenso del Parlamento e incluya una modificación del artículo 92, para que deje de contemplar el carácter excepcional de la custodia compartida de menores en los procesos de ruptura.

De esta forma, serán los jueces los que, valorando las circunstancias de cada caso, determinen cuál es "el modo más eficaz de satisfacer la necesidad del menor de disponer de la presencia de sus progenitores".

Los magistrados decidirán si procede una custodia alternada entre los padres o una monoparental, así como el periodo que deben permanecer cada uno de ellos con el menor.

Actualmente, la custodia compartida se concede exclusivamente si las dos partes están de acuerdo o, en el caso de que la solicite sólo una de ellas, si cuenta con el informe del fiscal.

Eliminar "rigideces"

El ministro ha defendido la necesidad de aprobar un sistema legal que elimine "las rigideces" que contempla la actual legislación, pero que no "establezcan otras nuevas, sino la amplia libertad al juez para que sea siempre el que decida, por interés del menor, si es mejor un sistema u otro".

Ruiz-Gallardón ha opinado que, a pesar de las diferentes reformas del Código Civil, la ley "tiene todavía la herencia del pasado" y ha planteado también cambios en el lenguaje, de tal forma que se hable de "convivencia de los progenitores con sus hijos" en lugar de guardia y custodia de los menores.

La diputada Rosa Díez ha agradecido al Gobierno que haya aceptado la propuesta de conciliación planteada por su partido de formular una "ley nacional" que regule esta materia y que obligue a los cónyuges a plantear un plan conjunto.

Díez ha defendido el derecho del menor de "gozar de sus padres" en caso de ruptura y la necesidad de aplicar criterios de igualdad, superando "patrones sexistas", en la designación de la custodia de los niños.

El Código Civil actual recoge en el artículo 92.8 que el juez podrá acordar "excepcionalmente" la custodia compartida "con informe favorable del Ministerio Fiscal". No obstante, algunas comunidades autónomas, como Aragón o Cataluña, establecen el modelo de custodia compartida como preferente para los jueces.