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Condenado a 54 años el etarra Jon Kepa Preciado por colocar un coche-bomba en Bilbao en 2003

  • Está acusado de dos delitos de asesinato y estragos, en grado de tentativa
  • El terrosita ha sido absuelto del coche bomba colocado en Santander en 2002
  • La etarra Idoia Mendizabal ha sido condenada a 20 años por esta causa

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La Audiencia Nacional ha condenado a 54 años de prisión al etarra Jon Kepa Preciado por colocar un artefacto explosivo en la parte trasera del edificio de la empresa Iberdrola, ubicado en el barrio bilbaíno de San Adrián, en julio de 2003.

Así lo ha ordenado la sección cuarta de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia en la que condena a Preciado por dos delitos de asesinato y uno de estragos, todos en grado de tentativa, robo con fuerza con finalidad terrorista y otro por falsedad de placas de matrícula.

Los magistrados consideran probado que el 29 de junio de 2003, el acusado, junto a Gorka Martinez Azkarazo -ya condenado por estos hechos- y Eneko Agirresarobe, robaron un vehículo del aparcamiento de la playa de Laga de Ibarrangelua (Vizcaya).

Posteriormente lo trasladaron hasta una "lonja-garaje donde almacenaban armas y explosivos y manipulaban vehículos" para convertirlos en coches-bomba en Galdakao (Vizcaya), trayecto en el que Martínez ejerció de lanzadera y durante el cual los tres sustituyeron las placas del coche por otras que troquelaron después de haberlas robado en una empresa de recambios.

Los otros dos fabricaron un artefacto con 12 kilos de tytadine, preparado para explotar cuando fuera retirado por los artificieros y con un cartel que rezaba: "Comeros esta, cabrones", y lo introdujeron en el coche robado, que aparcaron en la parte trasera de la empresa Iberdrola.

Sobre las 14:17 horas del 1 de julio de 2003, se recibió una llamada del diario Gara para comunicar que había recibido un aviso de un interlocutor anónimo que, en nombre de ETA, advertía de la bomba, por lo que la Ertzaintza acordonó la zona y, sobre las 18:51 horas, logró desactivar el explosivo.

El artefacto no explotó por una mala manipulación

Para el tribunal, "la impericia del procesado" impidió la explosión ya que, a pesar de que el circuito y los componentes "estaban perfectamente diseñados", no explotó por una mala manipulación al colocar la bomba en el vehículo y un fallo de una de las conexiones.

"Las pruebas que avalan la realización de los hechos delictivos, que tantísimas desgracias pudieron producir, son múltiples y variadas", asegura la sentencia, que añade que sólo "causas ajenas" al terrorista evitaron la pérdida de vidas humanas y numerosos daños materiales.

Enumera así el testimonio del instructor del caso durante el juicio celebrado el pasado 10 de abril en el que, además de narrar lo sucedido, apuntó a que la grafía aparecida en el artefacto se correspondía con la de Preciado tras cotejar una "carta de amor" hallada en el domicilio de la novia del etarra, Ziortza Fernández.

También alude a las declaraciones inculpatorias que Martínez Azkarazo realizó en sede policial y de las que luego se desdijo en la vista oral, alegando haberlas hecho bajo torturas, y concluye que hay que "otorgar validez" a las primeras porque las segundas "no merecen un ápice de credibilidad".

Asimismo, recoge las manifestaciones de Ziortza Fernández que, aunque también coincidió en haber sido víctima de malos tratos cuando fue detenida, en el juicio dijo que la carta incautada, que contenía la letra de un tema del cantante Álex Ubago, se la había escrito su novio.

Absuelto de colocar un coche boma en 2002

Asimismo, la Audiencia Nacional ha condenado a 20 años de prisión a la etarra Idoia Mendizabal por colocar un coche-bomba el 22 de junio de 2002 en Santander que causó seis heridos, y ha absuelto a Jon Kepa Preciado y Jon González al considerar que no hay "certeza" de que participasen en esos hechos.

Así lo ha acordado la sección primera de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia notificada en la que condena a Mendizabal como autora de un delito de estragos, otro de robo de vehículo, uno de falsedad en documento oficial y seis faltas de lesiones, ilícitos de los que absuelve a los otros dos acusados.

La sentencia considera probado que la condenada formaba parte del "comando Olaia" y se encargaba de captar a colaboradores que prestaran apoyo logístico al grupo.

Respecto a los absueltos, la sala sostiene que "no existe igual certeza" sobre su participación en el atentado, pues aunque el robo del coche y su traslado lo hizo el "comando Jata" y el informe de inteligencia señala que este grupo lo formaban Preciado y González, ésta es una "hipótesis necesitada de acreditación en el juicio".

"Ninguna prueba se ha practicado con respecto a la participación de Jon González", destaca el tribunal, que añade que las huellas de Preciado que aparecieron en la vivienda solo acreditan su presencia en el piso.

6 años de cárcel para cinco miembros de Segi

En otro juicio, la Audiencia Nacional ha condenado a seis años de prisión a cinco miembros de la organización juvenil ilegalizada Segi por integración en banda armada, mientras que ha absuelto a otros cuatro del mismo delito por no quedar acreditada "una actividad mas allá de la meramente ideológica".

Así lo ha ordenado la sección primera de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia en la que señala a Maider Caminos, Luis Goñi Lara, Xabier Sagardoy Lana, Aritz Azcona Domínguez y Mikel Jiménez Martín como integrantes de un grupo que realizó actos de violencia callejera en Navarra entre 2007 y 2008.

Sobre Caminos, para la que el fiscal pedía 10 años de prisión y no ocho como al resto, el tribunal subraya que, pese a que se la puede considerar miembro activo de la organización EKIN, no se ha podido evaluar su actividad como dirigente.

Mientras, ha absuelto a Alberto López, Maitane Intxaurraga Uribarri, Amaia Legarra Beunza y Noe López Albiz por no estimar suficientemente acreditada "una actividad mas allá de la meramente ideológica".