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La reforma laboral entra en vigor tras su publicación en el BOE

  • El texto ha sido modificado con 85 enmiendas tras su paso por el Congreso y el Senado
  • Aspira a fomentar la contratación entre jóvenes y parados de larga duración

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La ley de la reforma laboral aprobada por el Congreso de los  Diputados el pasado 28 de junio entra en vigor este domingo después  de que el sábado fuera publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno aprobó un real decreto en Consejo de Ministros el  pasado 10 de febrero que entró en vigor días después y que  posteriormente ha sido modificado a su paso tanto por el Senado como  por el Congreso, con la introducción de 85 enmiendas.

La norma establece que la indemnización por despido improcedente  en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año  trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del  despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo  de un año de salario.

Las empresas podrán acogerse a despidos objetivos por causas  económicas (20 días por año trabajado) cuando de los resultados de la  empresa se desprenda una situación económica negativa, como la  existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución  persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se  entenderá que es persistente si se produce durante tres trimestres  consecutivos.

Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el  límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el  anterior Gobierno, y extingue la autorización laboral administrativa  que se requería en los despidos colectivos.

La ley aspira a fomentar la contratación indefinida de jóvenes y  de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros,  regula por primera vez el teletrabajo, facilita el descuelgue de los  convenios y la modificación de las condiciones laborales, y modifica  el contrato estable a tiempo parcial y el de formación y  aprendizaje.

Entre los cambios durante la tramitación parlamentaria de la  reforma destacan la limitación de la vigencia del contrato de  emprendedores al tiempo que el paro supere el 15%; la priorización de  contratación a víctimas del terrorismo o de violencia doméstica; la  exclusión del despido por absentismo de enfermos crónicos, graves o  de cáncer.

Sin embargo, los aspectos más controvertidos de la norma, que  provocaron incluso la convocatoria de una huelga general, se han  mantenido íntegramente. Por eso, la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA)  recurrirá al Tribunal Constitucional, una opción con la que también  amenazó el PSOE si bien no ha concretado su decisión definitiva. Lo  que sí han prometido los socialistas es modificar la ley en cuanto  tengan ocasión de hacerlo.

Otros cambios incluidos en la reforma son la creación de un nuevo  contrato para empresas de hasta 50 trabajadores, que contempla  deducciones fiscales por cada nueva contratación indefinida de  jóvenes o parados; la modificación de los contratos a tiempo parcial  y la regulación del teletrabajo.

Además, se limita la ultraactividad de los convenios vencidos a un  año, se facilita el descuelgue primando el convenio de empresa por  encima de los sectoriales o autonómicos; se facilitan las  modificaciones de condiciones salariales, se clarifica el despido  objetivo, se elimina la autorización previa para despidos colectivos  y se reducen las indemnizaciones.

También se abre la puerta a los despidos en el sector público,  si  bien el personal fijo que haya pasado por un proceso selectivo será  el último en ver sus contratos rescindidos; y también se crea una  cuenta de formación y un nuevo contrato de aprendizaje.