El acuerdo del rescate ofrece a España un abanico de posibilidades para usar los 100.000 millones
- El documento prevé que los fondos puedan utilizarse para comprar deuda
- Fuentes del Ministerio de Economía descartan este uso del préstamo
- El dinero no gastado para saneae la banca podría destinarse a otro fin
- Pero ese cambio implica una nueva petición y autorización del Eurogrupo
El fondo europeo de rescate temporal ya ha preparado el borrador del acuerdo marco que regulará el préstamo que se concederá a España y que alcanzará un máximo de 100.000 millones de euros. En principio, la recapitalización de la banca española es el objetivo principal de esa ayuda y la razón por la que el Gobierno español ha justificado la petición del rescate a la eurozona. Sin embargo, el borrador del acuerdo marco revela que esos 100.000 millones se podrán utilizar para otros fines si España así lo pide y los países del euro se lo autorizan. Por ahora, el Gobierno rechaza esta posibilidad.
El borrador del documento -conocido cuando el Gobierno alemán lo ha remitido al Bundestag para que ratifique la participación de Alemania en el préstamo a España [leer pdf. en alemán e inglés] - deja abierta la puerta para que los fondos europeos concedidos se usen, por ejemplo, para que el fondo de rescate temporal (el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera, FEEF) pueda adquirir bonos soberanos en los mercados de deuda, tanto en el primario (las emisiones del Tesoro Público) como en el secundario (donde los compradores de deuda del primario negocian con los bonos).
Cambio del uso del fondo, cambio de condiciones
En concreto, el acuerdo marco enumera hasta diez líneas distintas que podrían activarse para encauzar los fondos a objetivos distintos. Cada una de esas vías impone unas condiciones determinadas a cambio del uso del dinero, así: si la línea de crédito elegida se destina a recapitalizar bancos, se exigirán unas condiciones concretas y distintas a las que se fijarán si el dinero se utiliza para comprar deuda o para crear líneas preventivas de crédito, algo que -en la práctica- permitiría una financiación directa del Estado español.
Además, señala que lo que sobre de una línea de crédito destinada a un uso concreto podrá destinarse a otro fin, siempre y cuando haya acuerdo previo de todas las partes implicadas en el rescate (Gobierno, FEEF, Banco de España) y lo aprueben la junta de gobernadores del FEEF y el Eurogrupo.
Con la apertura de este abanico de posibilidades en el acuerdo marco se conseguiría, básicamente, facilitar que España pueda disponer rápidamente de fondos para otros fines diferentes a la recapitalización de su banca sin tener que pasar otra vez por los procesos de ratificación de cada país del euro. Bastaría con que el Gobierno español lo pidiese formalmente por escrito y el Eurogrupo y el FEEF lo autorizasen.
Este acuerdo marco elaborado por el FEEF es un documento distinto al memorando de entendimiento, tay y como se explica en el protocolo para la petición de una asistencia financiera para los bancos al fondo de rescate temporal. En el memorando se fijan las condiciones del préstamo (interés, plazo de devolución y condiciones que debe cumplir el Estado receptor), mientras que el acuerdo marco define cómo el Estado beneficiario de la ayuda debe pedir el desembolso de fondos, cómo realizará esas entregas el FEEF, qué tipo de líneas de crédito pueden ponerse en marcha y cómo se llevará a cabo la devolución.
Así, el borrador insiste en varias ocasiones en que los desembolsos del FEEF solo se ejecutarán si el fondo temporal consigue el dinero necesario en los mercados internacionales (a través de emisiones de bonos) en condiciones aceptables.
España asumirá el coste de recurrir al primer tramo de 30.000 millones
Sobre el primer tramo que se adelantará a España a finales de este mes (30.000 millones de euros que se denominan "tramo de pre-financiación") se especifica que es previo a la operación general de financiación y que solo se utilizará si se necesita cubrir "el coste de intervenciones inesperadas que se necesiten para restaurar la confianza en el sector bancario español".
De los 30.000 millones, 10.000 millones se reservarán como un colchón a largo plazo que se sumarán a tramos posteriores.
El FEEF advierte que cualquier desembolso de urgencia -si se producen antes de que la Comisión Europea haya decidido sobre los planes de reestructuración- exigirá que el Banco de España presente "una petición cuantificada y razonada" y que el Ejecutivo comunitario, el Eurogrupo, la junta de gobernadores del FEEF y el Banco Central Europeo lo aprueben.
Además, si se necesita ejecutar esa "pre-financiación", España deberá correr con todos los gastos financieros de la operación.
Bruselas ataja las especulaciones
Ante la difusión del borrador, la Comisión Europea ha querido atajar especulaciones y ha precisado este jueves que el préstamo para España de hasta 100.000 millones -cuyo memorando, previsiblemente, aprobará el Eurogrupo este viernes- va dirigido a la banca y "no a otros objetivos". Bruselas sostiene que, si el Gobierno quiere ayuda para comprar bonos y reducir así la prima de riesgo, deberá realizar otra petición.
"Para ser muy claro: los 100.000 millones de euros que la eurozona se ha comprometido a proporcionar para la recapitalización del sector bancario español van destinados a este objetivo preciso y no a otros objetivos", ha dicho el portavoz de Asuntos Económicos, Simon O'Connor.
"No hay ningún vínculo entre la asistencia financiera que se concederá para la recapitalización de los bancos españoles y cualquier otra asistencia financiera que pueda pedirse en algún momento del futuro por parte de España o cualquier otro Estado miembro", ha sostenido O'Connor.
Como ha insistido el portavoz comunitario, si España o Italia desean que el fondo de rescate compre deuda para tratar de reducir su prima de riesgo, deben presentar una solicitud formal al Eurogrupo y seguir así los procedimientos previstos.
Este jueves por la tarde, fuentes del Ministerio de Economía citadas por Efe han dicho que el préstamo para el sector financiero "está destinado únicamente a este fin y no a la compra de deuda pública en los mercados primario o secundario".