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La Fiscalía recurre el archivo del delito de cohecho de Carlos Fabra

  • El archivo fue decretado por la Audiencia de Castellón
  • La Fiscalía presenta recurso de casación ante la Sala Segunda
  • Cree que se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva

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La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha presentado un recurso de casación contra el auto dictado por la Audiencia Provincial de Castellón en el llamado 'caso Fabra' en el que se decretaba el sobreseimiento del delito de cohecho que se le había imputado al expresidente de la Diputación Carlos Fabra, según ha informado en un comunicado el organismo

Según ha informado el Ministerio Público en un comunicado, dicho recurso de casación ha sido presentado ante la Sala Segunda por dos motivos: vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva e infracción de ley.

Respecto del primer motivo, la Fiscalía plantea recurso porque el auto de la Audiencia Provincial acordó una nulidad parcial del auto de apertura de juicio oral elevado por el Juzgado de Instrucción, decretando el sobreseimiento respecto del delito de cohecho.

Esta situación procesal, a juicio del Ministerio Fiscal, genera indefensión, puesto que la decisión de la Audiencia Provincial se adoptó sin dar audiencia ni al fiscal ni al resto de las partes.

Además, el fiscal plantea recurso por infracción de ley, ya que considera que los hechos que se describen en el auto de apertura de juicio oral son constitutivos del delito de cohecho, y no de tráfico de influencias, como lo califica la Audiencia Provincial en un auto anterior.

El pasado 24 de mayo, la Fiscalía Anticorrupción presentó un escrito ante la Audiencia Provincial de Castellón en el que anunciaba su intención de presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la decisión de la Audiencia Provincial, ahora efectivamente recurrida.

La decisión de la Audiencia castellonense ahora recurrida se fundamentaba en que el cohecho exige que la actuación pretendida de la autoridad o funcionario público y ofrecida por éste sea "en el ejercicio de su cargo".

Al respecto, defendía que el hecho de que "alguien, abusando de su cargo y fuera de las competencias del mismo, vaya constantemente investido de tal y lo pueda utilizar para alcanzar contactos que de otra manera no podría conseguir como privado, sería tráfico de influencias, pero no cohecho".