El Gobierno congela el Iprem y decidirá sobre el salario mínimo interprofesional en diciembre
- El Iprem se usa como referencia para concesión de becas o ayudas
- Queda fijado en 532,51 euros mensuales por tercer año consecutivo
- Aumenta la base máxima de cotización para 2013 en un 5%
Qué es el Iprem
El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) es la referencia para recibir cualquier tipo de ayuda pública. Entre otras, becas de estudios, subsidios de paro o ayudas a la rehabilitación de viviendas.
De hecho, se usa de forma obligatoria como nivel de renta que sirve para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos del Estado.
También lo pueden usar las comunidades autónomas, las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración local.
El Gobierno ha decidido congelar en 2013 el Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), índice que se utiliza como referencia para la concesión de becas, ayudas, subvenciones o el subsidio por desempleo, entre otros, según consta en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE).
Así, el Iprem queda fijado para el próximo año en 532,51 euros mensuales (6.390,13 euros al año en doce pagas o 7.455,14 euros al año en catorce pagas). Con la congelación de 2013, el Iprem lleva ya tres años sin moverse.
Por otra parte, el Ejecutivo comunicará si sube o congela el cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2013 el próximo mes de diciembre. Agarrándose a la coyuntura económica, el Gobierno congeló este año el SMI, con lo que su cuantía quedó situada en 641,40 euros mensuales.
“La base máxima de cotización sube un 5%, hasta 3.425,7 euros“
Por otro lado, el Gobierno ha cumplido con lo anunciado y subirá la base máxima de cotización un 5%, hasta los 3.425,70 euros mensuales, frente a los 3.262,50 euros vigentes en 2012. Las bases mínimas de cotización tendrán como tope mínimo la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento, más un sexto, salvo que se disponga lo contrario.
Cotización de autónomos
En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social la base máxima de cotización para 2013 será también de 3.425,70 euros mensuales, un 5% más, mientras que la mínima será de 858,60 euros mensuales, casi un 1% más que en 2012.
La base de cotización de los autónomos que a 1 de enero de 2013 tengan menos de 47 años podrá ser elegida por ellos dentro de la horquilla anterior (858,60 euros a 3.425,7). También podrán elegir su base, dentro de esa escala, las personas que se den de alta en el RETA y quienes a esa fecha tengan 47 años y su última base de cotización (diciembre de 2012) se hubiera situado en una cuantía igual o superior a 1.870,5 euros.
Los autónomos que a 1 de enero del próximo año tengan 47 años, con una base de cotización inferior a 1.870,5 euros mensuales, no podrán elegir una base superior a los 1.888,8 euros mensuales, salvo que ejerciten tal opción antes del 30 de junio de 2013, con efectos a partir del 1 de julio de ese año.
“En 2013 será obla cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales“
Por su parte, según consta en el proyecto de los PGE, la base de cotización de los autónomos que el próximo 1 de enero tengan 48 o más años cumplidos estará comprendida entre 925,80 euros y 1.888,80 euros mensuales, salvo algún caso excepcional.
Los autónomos que antes de los 50 años hubieran cotizado a cualquier régimen de la Seguridad Social por espacio de cinco años o más tendrán que cotizar por una base comprendida entre los 858,6 euros y 1.888.80 euros al mes si su última base de cotización hubiera sido igual o inferior a 1.870,5 euros. Si superara esa cantidad, tendrán que cotizar por entre 858,6 euros mensuales y el importe de aquella, incrementado en un 1%.
A partir del 1 de enero de 2013 será obligatoria la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para los trabajadores autónomos, con una cotización adicional del 0,10% que se aplicará sobre la base de cotización elegida.