La Audiencia de Barcelona reabre el caso del desalojo de 'indignados' de plaza Cataluña
- Un juzgado consideró "razonablemente proporcionada" la actuación policial
- Un total de 56 personas denunciaron la actuación de los Mossos y Guardia Urbana
La Audiencia de Barcelona ha ordenado reabrir la causa por el desalojo policial de la plaza Cataluña de los 'indignados' el 27 de mayo de 2011 que había sido archivada provisionalmente por el Juzgado de Instrucción 4 de Barcelona que consideró "razonablemente proporcionada" la actuación de los Mossos d'Esquadra.
Ahora, la Sección Séptima de la Audiencia de Barcelona ha decidido que se reabra el caso en el que están imputados, entre otros, el director general de la policía catalana, Manel Prat; en intendente Antoni Antolín; el responsable de la Brigada Móvil, David Bordas, y la exresponsable de Seguridad del Ayuntamiento de Barcelona Assumpta Escarp (PSC).
El desalojo de la plaza de Cataluña dejó más de un centenar de heridos.
Ha decidido dejar sin efecto el sobreseimiento provisional tras estimar el recurso de los abogados que representan a las 56 personas que presentaron una querella contra la actuación de los Mossos y Guardia Urbana, en el que discrepaban con la supuesta proporcionalidad de la carga policial.
El auto da la razón a los querellantes
El auto da parcialmente la razón a los querellantes al considerar que el juzgado de instrucción número 4 de Barcelona archivó la causa abierta sin justificar la denegación de que declararan como imputados los responsables policiales que estaban actuando en la plaza de Catalunya, un subinspector del Área de Recursos Operativos (ARRO) y el jefe operativo de la Brigada Móvil (BRIMO) en la plaza, Miguel Hermida.
En su auto, la Audiencia considera que estas declaraciones solicitadas por los querellantes son "plenamente pertinentes para el objeto de la instrucción", por lo que estima el recurso presentado por la plataforma del 27-M.
El abogado de algunos de los denunciantes, Andrés Berrio, ha explicado a Efe que la consecuencia directa del auto de la Audiencia es que se tiene que reabrir la causa para que el juez se pronuncie y justifique por qué deniega las pruebas solicitadas por los denunciantes, aunque ha señalado que si la Audiencia considera pertinentes estas pruebas, el juez lo tendrá difícil para oponerse a ellas.