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El Tribunal Constitucional avala la legalidad del matrimonio homosexual

  • Desestima el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el PP en 2005
  • Se avala la constitucionalidad con ocho votos a favor y tres en contra
  • Sostiene que la Constitución debe interpretarse de forma evolutiva
  • El TC garantiza además el interés de los menores adoptados por homosexuales

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El TC avala el matrimonio gay 8 votos a favor y 3 en contra

El Tribunal Constitucional ha avalado la legalidad de la ley de matrimonio homosexual con una amplia mayoría de ocho votos a favor y tres en contra al desestimar el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Partido Popular (PP) en 2005, según han confirmado a TVE fuentes judiciales.

El pleno del TC, integrado por 11 magistrados y no 12 por la abstención de uno de ellos, ha votado tras reunirse durante poco más de hora y media.

Uno de los ocho magistrados que han apoyado la legalidad de esta unión entre parejas del mismo sexo, el progresista Manuel Aragón, ha emitido un voto particular concurrente en favor del fallo, al no estar de acuerdo con los argumentos de la sentencia, mientras que los tres que han votado en contra -Andrés Ollero, Juan José González Rivas y Ramón Rodríguez Arribas, todos del sector conservador- han formulado un voto particular divergente.

Entre los ocho magistrados que han votado a favor de la constitucionalidad de la norma está el conservador Francisco Pérez de los Cobos, mientras que los restantes votos favorables corresponden todos a magistrados del sector progresista: Pascual Sala -presidente del TC-, Fernando Valdés, Encarnación Roca i Trias, Adela Asua, Pablo Pérez Tremps y Luis Ignacio Ortega.  

Garantizar el interés de los menores ya adoptados

Según fuentes judiciales, el Constitucional argumenta su fallo a favor de la reforma del Código Civil que autoriza el matrimonio homosexual en que es necesario hacer una interpretación evolutiva de la Constitución, en referencia al artículo 32 de la Carta Magna, que establece que "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica", uno de los que el PP consideraba vulnerado para recurrir la norma.

El tribunal recuerda en sus argumentaciones que la Constitución se redactó en 1978 y la sociedad española ha evolucionado desde entonces y también el concepto de matrimonio.

Según las citadas fuentes, los magistrados sostienen que el texto constitucional debe dar respuesta a las exigencias de la sociedad actual y, para realizar esa lectura, acuden al derecho comparado, al derecho internacional de los derechos humanos y a la doctrina jurídica.

Sobre la adopción por parte de parejas homosexuales, el Constitucional establece que se debe preservar el interés del menor, con independencia de si es adoptado por personas del mismo sexo o de distinto, y consideran que ese interés queda garantizado por la ley del matrimonio homosexual en cada caso concreto.

Así, según las fuentes, los magistrados argumentan que las adopciones de matrimonios homosexuales tampoco pueden ser consideradas inconstitucionales.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha asegurado que el Gobierno acata el fallo y no se modificará la normativa vigente.

Decisión siete años después del recurso

El fallo judicial, del que habrá que esperar unos días para tener sentencia, se ha producido siete años después de que se admitiera el recurso contra la norma instaurada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

Los populares decidieron recurrir esta reforma legal al entender que el matrimonio entre personas del mismo sexo vulnera siete preceptos de la Constitución, principalmente el artículo 32, que consagra la "garantía institucional del matrimonio". El antiguo Tribunal Constitucional, presidido en aquella época por María Emilia Casas, admitió a trámite el recurso del PP en octubre de 2005.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado progresista Pablo Pérez Tremps, ha sido dictada por el tribunal tras la renovación en julio pasado de cuatro magistrados: Juan José González Rivas y Andrés Ollero, propuestos por el PP, y Fernando Valdés y Encarnación Roca i Trias, por el PSOE.

La sentencia no ha contado con la participación del magistrado conservador Francisco José Hernando, quien fue apartado en julio pasado de las deliberaciones. Hernando presentó su petición de abstención alegando que en su anterior condición de presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) subscribió y votó a favor en el año 2005 de un informe totalmente contrario al matrimonio homosexual.

Aunque el PP recurrió la ley, entre sus filas surgieron voces críticas que apoyaron el matrimonio entre personas del mismo sexo.

El mismo ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, cuando era alcalde de Madrid, celebró bodas entre homosexuales, que desde 2005 han sumado en España más de 30.000, según datos de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales. Según los datos del INE, hasta 2011 se registraron 22.124 matrimonios homosexuales y el año con mayores uniones fue 2006, con un total de 4.313.