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Preguntas y respuestas sobre el 14N: ¿Tengo que recuperar el tiempo si llego tarde?

  • La empresa no puede sustituir a los trabajadores ni cambiar horarios
  • Los centros educativos están obligados a recibir a los alumnos
  • En general, se atienden solo las urgencias sanitarias

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Los sindicatos han convocado una huelga general para este miércoles 14 de noviembre contra la política económica del Gobierno y por segunda vez en menos de un año contra la reforma laboral. Cada vez que se convoca un paro de este tipo siempre surgen algunas dudas. ¿Tengo que recuperar el tiempo si llego tarde? ¿Cuánto dinero me quitarán por el día de huelga? ¿Puedo llevar a mi hijo al colegio? ¿Y si tengo cita con el médico de cabecera? Estas son las respuestas a las preguntas más habituales.

¿Quién tiene derecho a hacer huelga?

Según el artículo 28.2 de la Constitución Española,  todo trabajador tiene derecho a hacer huelga, esté o no sindicado y sea su cual sea su tipo de contrato (temporal o indefinido). De hecho, la ley de leyes establece el derecho de huelga como un derecho fundamental.

¿Qué pasa si decido ir a trabajar?

Si decides no hacer huelga, nadie puede impedirte acudir a tu puesto de trabajo. Los sindicatos pueden disponer de piquetes informativos para explicar las razones por las que secundar el paro.

¿Mi empresa puede tomar represalias contra mí si secundo el paro?

No. No se pueden tomar represalias de ningún tipo. Si por haber participado en ella se le despide o se le reprime de algún modo, el propio trabajador puede acudir a la Justicia, al estar protegido de manera especial con un procedimiento de tutela de derechos fundamentales con carácter urgente. Conlleva la reparación del daño y la indemnización por los daños sufridos. De hecho, si la acción de represalia fuera el despido, no cabe duda de que se trataría de un despido nulo de pleno derecho.

Si hago huelga, ¿se verá mermado mi salario?

Sí. No se recibirá el salario de ese día: ni el base, ni los complementos ni la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Ese día, además, se deja de cotizar a la Seguridad Social. Pero esta es una situación asimilada a estar de alta en la Seguridad Social. Es decir, que si el trabajador en huelga sufre ese día un accidente, está protegido.

¿Me pueden sustituir por otros trabajadores?

No, está prohibido. Durante la huelga, el empresario no puede sustituir a los trabajadores huelguistas con personal ajeno a la empresa ni con otros de la misma empresa. Las actuaciones de esta índole suponen una vulneración del derecho fundamental de huelga.

¿Si me han nombrado servicios mínimos, pueden cambiarme el horario?

No, la empresa no puede cambiar el horario de un trabajador para cubrir el puesto dejado por un huelguista.

¿Qué pasa si estoy de vacaciones?

Nada. Si ese día el trabajador está de vacaciones, y estas estaban aprobadas, la empresa no tiene derecho a quitar dinero alguno. Tampoco puede llamar a un asalariado que libre ese día para que acuda a su puesto de trabajo.

¿Y si llego tarde a trabajar por el transporte público?

No habría ningún problema: la empresa no puede sancionar a sus trabajadores por este motivo. No hace falta ni siquiera pedir un justificante porque la anormalidad (la convocatoria de una huelga general) ya está  más que justificada. Tan solo habría que llamar para avisar de que se  llega tarde. Eso sí, los minutos o las horas que se hayan perdido hay que recuperarlos ese mismo día.

¿Y si ese día me encuentro mal?

El trabajador que ese día se ponga enfermo deberá llevar un justificante legal a la empresa con posterioridad. Por norma general, ese día no se pagará aunque es una ausencia justificada. Además, también como regla general, los tres primeros días de baja no se cobran. Sin embargo, esto depende de lo que diga el convenio de cada empresa.

El 14N estoy de baja por enfermedad, ¿qué ocurre entonces?

Nada. Si la baja médica está firmada por su médico de cabecera de la Seguridad Social, se considera que el trabajador está de baja y no está haciendo huelga porque su contrato está suspendido.

¿Y si tengo cita con el médico?

Como regla general, lo que no es urgente no se va a atender (una cita con el médico de cabecera, un TAC, una radiografía, un análisis de sangre...). Pero al estar transferidas las competencias a cada comunidad autónoma, lo mejor es llamar previamente a cada Servicio de Salud para confirmar la cita o cambiarla para otro día. Las urgencias sanitarias sí que están garantizadas.

¿Puedo llevar a mi hijo al colegio?

Sí.  Los colegios tienen la obligación de recibir a los niños. Eso sí, si a los alumnos les ocurriera algo ese día (si se hacen daño en una caída o pelea, etc.), la responsabilidad final en la enseñanza pública es de las Administraciones. Sin embargo, en la enseñanza privada concertada y en la privada, el responsable es el director. Los servicios mínimos varían dependiendo de la comunidad autónoma. En cada centro escolar, como mínimo, estarán el director, el jefe de estudios y un subalterno (limpieza o conserjería).

Si quiero repostar con mi coche ¿habrá gasolineras?

Sí. El Gobierno ha fijado un mínimo del 20% de las estaciones de servicio de cada provincia para garantizar el suministro de hidrocarburos.

¿Y si tengo un vuelo programado para ese día?

Los sindicatos y el Ministerio de Fomento han fijado unos servicios mínimos que garantizan el 10% de los vuelos peninsulares, un 50% entre la Península y las islas Canarias y Baleares, y entre un 20% y un 40% de los internacionales en función del destino.

Iberia ha cancelado 171 vuelos, el 65% de los 262 que tenía programados. Mientras, su filial de bajo coste, Iberia Express ha cancelado el 57% de los vuelos previstos. Air Europa y Vueling han cancelado algo más del 60% de los vuelos para este miércoles. Las aerolíneas han ofrecido a los viajeros afectados por las anulaciones la posibilidad de recuperar el dinero del pasaje o un nuevo billete para volar en otro vuelo. Además, en los servicios aeroportuarios en tierra handling los servicios mínimos garantizan la correcta realización de los vuelos pactados.

¿Y si tengo un billete de tren?

Esta previsto que durante la jornada de paro circule el 30% de los trenes de Cercanías (el 35% en hora punta) y el 20% de los trenes de larga distancia y AVE. En el caso de los trenes de cercanías se han establecido servicios  mínimos del 35% para las horas punta y del 30% durante el resto del día. Los servicios mínimos para los ferrocarriles de vías estrecha serán del 40% (o dos servicios por sentido) entre las 6:00 y las 9:00 y del 25% (o un servicio por sentido), durante el resto de la jornada.

Según informa Renfe, a los pasajeros afectados se les reintegrará el importe íntegro de sus billetes o se le facilitará otro para otra fecha sin gastos. Si desean viajar el mismo 14 de noviembre se les ofrecerá plaza en otro tren de las mismas condiciones si es posible. Si viajan en una plaza inferior a la comprada inicialmente se reintegrará la diferencia.

¿Y si tengo que coger un barco?

Entre la península y Baleares habrá tres servicios por  sentido; entre la península y Melilla, uno (por sentido); entre la  península y Canarias, uno (también por sentido): entre la península y  Canarias, uno (por servicio, igualmente) y entre la península y Ceuta, dos  por cada sentido.

En salvamento marítimo estarán  disponibles el 100% de los buques y unidades aéreas y el 36% del  personal de los centros encargados de la coordinación. Los  servicios portuarios tendrá un servicio de vigilancia del 50%.

¿Y si tengo un billete de autobús?

Lo conveniente es llamar con antelación a la compañía para confirmar el billete o cambiarlo si se ha anulado nuestro trayecto. Los servicios mínimos se han fijado en el 25% de los viajes habituales.

¿Qué pasa con los juzgados?

El Ministerio de Justicia ha fijado por decreto los servicios mínimos y considera esencial la apertura de los juzgados durante las horas de audiencia. El día de huelga computará como día hábil. Serán también esenciales los "actos necesarios" del Registro Civil, las causas con preso, las medidas cautelares y todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido o cuyo incumplimiento pueda suponer la pérdida o perjuicio de los derechos.

Tampoco se paralizará la actividad de los Juzgados de Violencia sobre la mujer ya que ejecutan medias de protección a las víctimas. Están incluidos también los Juzgados y las Fiscalías en servicios de guardia, los órganos que tramitan medidas cautelares que afectan a derechos fundamentales o juicios orales con causas con preso. Los sindicatos los consideran abusivos ya que habían pedido que fueran los mismos que un día festivo.