La Fiscalía se opone a la libertad condicional del etarra Viguri Camino, enfermo de cáncer
- El Ministerio Público alega que el enfermo no está "en fase terminal"
- No se le puede aplicar el precepto que sirvió para Uribetxebarria Bolinaga
La Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha opuesto a la libertad condicional solicitada por la defensa del etarra José Angel Viguri Camino, que pidió ser excarcelado por las mismas razones que el preso Iosu Uribetxebarria Bolinaga, al considerar que, pese al adenocarcinoma de próstata que sufre, no existe "peligro patente para su vida".
En un escrito remitido este viernes al juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, que tendrá que resolver sobre su situación, el fiscal Pedro Rubira señala que la libertad condicional no puede ser acordada al amparo de ninguno de los preceptos contemplados por el Código Penal, ya que no está "en fase terminal" ni se ajusta a los requisitos necesarios para ser excarcelado por sufrir "una enfermedad grave o incurable".
En todo caso, la Fiscalía recuerda que la concesión del tercer grado al etarra, que tendría que ser concedida por el Ministerio del Interior, permitiría "de forma flexible la aplicación de los remedios terapéuticos que la enfermedad del penado reclama para un adecuado tratamiento médico".
El Ministerio Público sostiene que la libertad condicional no puede ser concedida al amparo del 92.3 del Código Penal, el precepto que se aplicó a Uribetxebarria Bolinaga, porque los sucesivos informes médicos aportados por la cárcel donostiarra de Martutene, fechados el 31 de enero y el 6 de marzo pasados, "no señalan que el interno se encuentre en fase terminal o con peligro patente para su vida".
Condena de 59 por atentado terrorista
Tampoco se le pueden aplicar los supuestos recogidos en los artículos 92.1 y 2, concebidos para "septuagenarios y enfermos muy graves con padecimientos incurables", porque estos requieren el tercer grado penitenciario, buena conducta y pronóstico favorable de reinserción social.
El etarra, que cumple una condena de 59 años de cárcel por atentado terrorista, asesinato frustrado, estragos y colaboración con banda armada, no ha manifestado "signos inequívocos de haber abandonado los fines y medios de la actividad terrorista", tal y como apuntaba un informe de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias elaborado el 28 de abril de 2012. "En la actitud, conducta y comportamiento del interno no existe indicio alguno que evidencie la desvinculación actual de la banda terrorista", señalaba.
A este respecto, la Fiscalía señala que de este informe "no se desprende que el penado se haya desvinculado de la organización terrorista o de su entorno, ni tampoco que haya formulado declaración de rechazo y/o abandono de su pasado delictivo, o petición de perdón a las víctimas de sus delitos".
Los informes médicos detallan que Viguri Camino "en estos momentos no precisa tratamiento" y que, aunque su estancia en prisión "puede influir de forma negativa en la evolución de su enfermedad", no debe ser considerado "un factor determinante de una disminución de las expectativas de vida", que es lo que demanda el Tribunal Constitucional para la concesión de la libertad condicional.
Riesgo de mortalidad "muy bajo"
En todo caso, señala que el riesgo de mortalidad que esta patología presenta durante los 15 años siguientes a la cirugía es "muy bajo", al situarse entre un 0,03% y un 1,2%. "Si se produjera la muerte por enfermedad en este caso, lo más probable es que fuera debida a problemas cardiovasculares, otros tumores u otras causas", señala un informe del Instituto de Medicina Legal fechado el 29 de octubre de 2012.
Viguri Camino fue detenido en Irún (Guipúzcoa) el 16 de septiembre de 1989 en la autopista Bilbao-Behovia tras un enfrentamiento con agentes de la Guardia Civil en el que murieron los etarras Juan Oyarbide Aramburu, Txiribitas, y Manuel Urionabarrenechea Betanzos, Manu. En diciembre de 1991 fue condenado a 51 años de cárcel por un atentado cometido contra la casa cuartel de Llodio (Álava) en marzo de 1988.
En agosto pasado la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional rechazó el escrito presentado por el abogado Iñigo Iruin en el que se solicitaba la excarcelación de un total de 16 presos de ETA a los que se les ha aplicado la doctrina Parot, entre los que se encontraba Viguri Camino.