Enlaces accesibilidad

La Fiscalía se opone a la libertad condicional del etarra Viguri Camino, enfermo de cáncer

  • El Ministerio Público alega que el enfermo no está "en fase terminal"
  • No se le puede aplicar el precepto que sirvió para Uribetxebarria Bolinaga

Por

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha opuesto a la libertad  condicional solicitada por la defensa del etarra José Angel Viguri  Camino, que pidió ser excarcelado por las mismas razones que el preso Iosu Uribetxebarria Bolinaga, al considerar que, pese al  adenocarcinoma de próstata que sufre, no existe "peligro patente para  su vida".

En un escrito remitido este viernes al juez central de Vigilancia  Penitenciaria, José Luis Castro, que tendrá que resolver sobre su  situación, el fiscal Pedro Rubira señala que la libertad condicional  no puede ser acordada al amparo de ninguno de los preceptos  contemplados por el Código Penal, ya que no está "en fase terminal"  ni se ajusta a los requisitos necesarios para ser excarcelado por  sufrir "una enfermedad grave o incurable".

En todo caso, la Fiscalía recuerda que la concesión del tercer  grado al etarra, que tendría que ser concedida por el Ministerio del  Interior, permitiría "de forma flexible la aplicación de los remedios  terapéuticos que la enfermedad del penado reclama para un adecuado  tratamiento médico".

El Ministerio Público sostiene que la libertad condicional no  puede ser concedida al amparo del 92.3 del Código Penal, el precepto  que se aplicó a Uribetxebarria Bolinaga, porque los sucesivos  informes médicos aportados por la cárcel donostiarra de Martutene,  fechados el 31 de enero y el 6 de marzo pasados, "no señalan que el  interno se encuentre en fase terminal o con peligro patente para su  vida".

Condena de 59 por atentado terrorista

Tampoco se le pueden aplicar los supuestos recogidos en los  artículos 92.1 y 2, concebidos para "septuagenarios y enfermos muy  graves con padecimientos incurables", porque estos requieren el  tercer grado penitenciario, buena conducta y pronóstico favorable de  reinserción social.

El etarra, que cumple una condena de 59 años de cárcel por  atentado terrorista, asesinato frustrado, estragos y colaboración con  banda armada, no ha manifestado "signos inequívocos de haber  abandonado los fines y medios de la actividad terrorista", tal y como  apuntaba un informe de la Secretaría General de Instituciones  Penitenciarias elaborado el 28 de abril de 2012. "En la actitud,  conducta y comportamiento del interno no existe indicio alguno que  evidencie la desvinculación actual de la banda terrorista",  señalaba.

A este respecto, la Fiscalía señala que de este informe "no se  desprende que el penado se haya desvinculado de la organización  terrorista o de su entorno, ni tampoco que haya formulado declaración  de rechazo y/o abandono de su pasado delictivo, o petición de perdón  a las víctimas de sus delitos".

Los informes médicos detallan que Viguri Camino "en estos momentos  no precisa tratamiento" y que, aunque su estancia en prisión "puede  influir de forma negativa en la evolución de su enfermedad", no debe  ser considerado "un factor determinante de una disminución de las  expectativas de vida", que es lo que demanda el Tribunal  Constitucional para la concesión de la libertad condicional.

Riesgo de mortalidad "muy bajo"

En todo caso, señala que el riesgo de mortalidad que esta  patología presenta durante los 15 años siguientes a la cirugía es  "muy bajo", al situarse entre un 0,03% y un 1,2%.  "Si se produjera la muerte por enfermedad en este caso, lo más  probable es que fuera debida a problemas cardiovasculares, otros  tumores u otras causas", señala un informe del Instituto de Medicina  Legal fechado el 29 de octubre de 2012.

Viguri Camino fue detenido en Irún (Guipúzcoa) el 16 de septiembre  de 1989 en la autopista Bilbao-Behovia tras un enfrentamiento con  agentes de la Guardia Civil en el que murieron los etarras Juan  Oyarbide Aramburu, Txiribitas, y Manuel Urionabarrenechea Betanzos, Manu. En diciembre de 1991 fue condenado a 51 años de cárcel por un  atentado cometido contra la casa cuartel de Llodio (Álava) en marzo  de 1988.

En agosto pasado la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional  rechazó el escrito presentado por el abogado Iñigo Iruin en el que se  solicitaba la excarcelación de un total de 16 presos de ETA a los que  se les ha aplicado la doctrina Parot, entre los que se encontraba  Viguri Camino.