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El Consejo de Estado considera inconstitucional el pago de un euro por receta en Madrid

  • El dictamen argumenta que el Gobierno de Madrid no tiene competencias
  • El Gobierno ya ha recurrido la medida ante el Tribunal Constitucional

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El Consejo de Estado considera inconstitucional la implantación del pago de un  euro por cada receta expedida, vigente en la Comunidad de Madrid  desde el pasado 1 de enero. El dictamen argumenta que  la Comunidad "carece de la competencia necesaria para modificar el  sistema de acceso a la prestación farmacéutica".

El texto del órgano consultivo, emitido el pasado 17 de enero, al que cita Europa Press, considera,  además, que la medida, ya recurrida por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional, por considerar que "afecta a las condiciones de igualdad" de los ciudadanos, vulnera "las normas básicas del Estado recogidas" en los artículos 2,  7, 8 y 23 de la Ley de Calidad y Cohesión del Sistema Nacional de  Salud (LSNS).

De este modo, en el dictamen, emitido por mayoría con tres votos   particulares, se recoge que la imposición de la tasa en Madrid "rompe   el principio de igualdad en las condiciones de acceso a las   prestaciones dentro del Sistema Nacional de Salud" por cuanto que   asocia "a la adquisición del medicamento o del producto sanitario la   obligación de abonar una cantidad adicional a la que pueda  corresponder  al usuario conforme al sistema de financiación con  copago establecido  en el SNS".

Esta obligación "adicional", según recoge, supone  un incremento  del coste soportado por el usuario, "incremento que queda   circunscrito al ámbito de la Comunidad de Madrid". 

Falta de competencia 

De este modo, aseguran que aunque el concepto de esta obligación  sea "tributario" y se presente como que opera "al margen del sistema  legal de financiación de la prestación", el efecto que produce su  establecimiento es el de "configurar un coste económico a cargo del  usuario para acceder a la prestación farmacéutica distinto y superior  al que rige en el conjunto del SNS", lo que constituye "una quiebra  del principio esencial de igualdad efectiva" que recoge la  normativa.

Asimismo, considera que la imposición de la tasa "tiene un efecto  material modificativo del sistema de financiación establecido con  carácter básico por el Estado en relación a la prestación  farmacéutica" aunque la "naturaleza jurídica de la tasa sea  tributaria y diferente, por tanto, a la que corresponde al copago".

En este sentido, explican que la tasa supone una modificación del  sistema de financiación en cuanto a la contribución económica del  usuario, puesto que se vincula a la prestación de determinados  servicios administrativos y su devengo se sitúa en el momento de la  emisión de la receta y no en el de dispensación.

El Consejo de Estado recurre en este caso a una decisión anterior  del Tribunal Constitucional, con relación a una ley autonómica "cuyo  contenido guarda cierto paralelismo" con esta, para declarar que la  "falta de competencia de la Comunidad de Madrid para fijar las  condiciones de acceso a las prestaciones supone que carece de  competencia para establecer una tasa en esta materia".   

Votos particulares

Uno de los votos particulares ha sido el emitido por la  exvicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega y el  exministro de Justicia Fernando Ledesma, que entienden que el  dictamen mayoritario debería haberse centrado en otros aspectos.

En concreto, en la "afectación que para la igualdad en el acceso y  el disfrute de las prestaciones sanitarias básicas tiene la norma  autonómica sometida a la consideración del Consejo de Estado, antes  que en la presunta vulneración de otros títulos competenciales del  Estado".

En la misma dirección, entienden que el dictamen debería dirigirse  por el camino de las condiciones básicas que garantizan la igualdad.  A su juicio, no se pueden invocar en este caso "razones de  competencia exclusiva del Estado" como "vicios de  inconstitucionalidad de una ley autonómica" siempre que ésta respete  el principio de igualdad que la Constitución garantiza".

El voto de otro de los consejeros permanentes, Enrique Alonso  García, entiende que existen "fundamentos relativamente débiles para  plantear el recurso" y que no son los que articula el dictamen sino  los que derivarían de un "más detallado examen del contenido exacto  de la legislación básica".

Asimismo, considera que debería ser el ejercicio por el Gobierno  (iniciativa legislativa) y las Cortes Generales (ley) de la potestad  de fijación de las bases de la sanidad la que constitucionalmente  debieran dar la solución adecuada a este tipo de conflictos.

En otro dictamen, el Consejo de Estado ya consideró inconstitucional el pago de un euro por receta que la Generalitat catalana había empezado a cobrar en las farmacias el pasado mes de junio.