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Bruselas multa a Telefónica y Portugal Telecom con 79 millones por pactar no competir entre sí

  • El pacto se firmo en el contrato de compra de la brasileña Vivo por Telefónica
  • Establecieron una cláusula para evitar la competencia en septiembre de 2010

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La Comisión Europea (CE) ha anunciado su decisión de imponer una multa de 79 millones de euros a Telefónica y a Portugal Telecom por pactar no competir entre sí en los mercados de telecomunicaciones de la Península Ibérica, lo que considera que vulnera las normas comunitarias de competencia.

La sanción a Telefónica asciende a 66,8 millones de euros, en tanto que la de Portugal Telecom está cifrada en 12,2 millones, ha indicado el Ejecutivo comunitario en un comunicado.

Bruselas ha explicado que el pacto se incluyó en el contrato de adquisición por parte de Telefónica en julio de 2010 del operador móvil brasileño Vivo, hasta entonces propiedad conjunta de la española y la portuguesa.

La cláusula, activa cuatro meses

La CE también  ha señalado que tal cláusula establecía que no  competirían entre sí en los mercados ibéricos desde finales de  septiembre de 2010.

Las dos empresas pusieron fin a dicho acuerdo de "no competencia" a principios de febrero de 2011, después de que la Comisión incoase un procedimiento de defensa de la competencia, ha apuntado el ejecutivo comunitario.

"No toleraremos prácticas anticompetitivas por parte de los operadores históricos para proteger sus mercados nacionales, ya que perjudican a los consumidores y retrasan la integración del mercado" único de telecomunicaciones al que aspira la UE, ha indicado al respecto el vicepresidente de la CE y titular de Competencia, Joaquín Almunia.

Telefónica anuncia que recurrirá

Telefónica ha señalado que "en ningún momento ha vulnerado la ley" con los  acuerdos alcanzados con Portugal Telecom, por lo que recurrirá la  resolución ante el Tribunal de Luxemburgo. En nota de prensa, recogida por Efe, Telefónica muestra su "absoluta discrepancia" por la  decisión comunitaria ya que la vigencia de la cláusula estaba  condicionada a una verificación de legalidad y que nunca tuvo  aplicación.

Añade que una vez realizado el examen de legalidad y verificada la improcedencia de esa cláusula ambas partes decidieron eliminarla del contrato. Explica que los acuerdos entre ambas compañías no fueron secretos sino que se hicieron públicos y se notificaron a las autoridades en su día por lo que "no existió en ningún momento intención alguna de incumplir la normativa aplicable, como reconoce la propia resolución de la Comisión Europea". 

Además reitera que estos acuerdos no han tenido ningún impacto entre los consumidores ni alterado el desarrollo del mercado.