El TC suspende el decreto de atención sanitaria a inmigrantes 'sin papeles' en Navarra
- Navarra daba asitencia sanitaria gratuita a inmigrantes 'sin papeles'
- Si acreditaban un año de residencia y falta de recursos económicos
- Además de ausencia de antecedentes penales
El Tribunal Constitucional ha acordado suspender la aplicación del decreto foral 117/2012, que regula el acceso a la asistencia sanitaria pública en la Comunidad foral y que recoge las condiciones de atención a los inmigrantes en situación irregular en Navarra.
El Decreto foral, aprobado por el Ejecutivo navarro, permite que las personas que con arreglo a la normativa estatal básica carezcan de la Tarjeta Sanitaria Individual (TIS) del Sistema Nacional de Salud puedan acceder al documento de identificación de acceso al régimen de universalización de la asistencia sanitaria pública en Navarra.
El Constitucional ha acordado este martes admitir a trámite el conflicto positivo de competencia promovido por el Ejecutivo central contra el Gobierno foral por la normativa navarra que fija la asistencia sanitaria gratuita a los inmigrantes 'sin papeles' que acrediten al menos un año de residencia en la Comunidad foral, falta de recursos económicos e inexistencia de antecedentes penales.
En su acuerdo, el pleno del Constitucional indica que tener por invocado por el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución produce "la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto impugnado desde el día 9 de enero de 2013, fecha de interposición del conflicto", que será comunicado a la presidenta del Gobierno de Navarra.
La admisión del recurso produce "la suspensión de la vigencia y aplicación del decreto impugnado desde el día 9 de enero de 2013, fecha de interposición del conflicto", según recoge el acuerdo del Constitucional.
Documentos y dictamen del Consejo de Estado
El TC ha acordado, además, dar traslado de la demanda y documentos presentados al Gobierno de Navarra al objeto de que en el plazo de 20 días aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes. Asimismo, requiere al Abogado del Estado para que, en el plazo de diez días, aporte el preceptivo dictamen del Consejo de Estado.
En concreto, el pleno ha dado el visto bueno a la tramitación del conflicto promovido por el Gobierno de Nación contra el Decreto Foral 117/2012, de 31 de octubre, por el que se modifica otro, de 18 de noviembre, que establece el procedimiento y las condiciones para el acceso a las prestaciones del Régimen de Universalización de la Asistencia Sanitaria Pública.
La sala comunicará además la incoación del conflicto a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, por si ante la misma estuviera impugnado o se impugnare el citado Decreto, en cuyo caso se suspenderá el curso del proceso hasta la decisión del conflicto.
La incoación del conflicto será publicada en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Navarra, según la citada fuente que requiere al Abogado del Estado para que, en el plazo de diez días, aporte el preceptivo dictamen del Consejo de Estado, emitido según lo dispuesto en el artículo 22.6 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, de dicho Consejo.