El Supremo anula en parte el indulto a Alfredo Sáenz, consejero delegado del Santander
- El Alto Tribunal anula la cancelación de los antecedentes de Sáenz
- El Banco de España debe decidir ahora si puede seguir en su cargo
- El organismo tiene que determinar si afecta a su honorabilidad
- El indulto fue concedido por el anterior Ejecutivo socialista en 2011
El Tribunal Supremo ha anulado los efectos administrativos -la cancelación de antecedentes- del indulto al consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, que le concedió el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y que estableció que no le podía afectar ningún "impedimento para ejercer la actividad bancaria".
Se trata de una estimación parcial, decidida de manera unánime por el Supremo, del recurso presentado que anula los efectos administrativos del indulto, pero que la mantiene en su parte penal.
Ahora, la decisión de si Alfredo Sáenz puede seguir desarrollando sus funciones como alto ejecutivo bancario está en manos del Banco de España, que tiene que determinar si la existencia de antecedentes penales afecta a su honorabilidad. Si así lo considera, esto podría inhabilitarle para el cargo.
El Real Decreto 1.245 de 1995 indica que toda persona con antecedentes penales carecerá de la "honorabilidad profesional" necesaria para ejercer la actividad bancaria.
El Ejecutivo no puede eliminar antecedentes
El Ejecutivo le había indultado de la condena que le impuso el propio Tribunal Supremo -tres meses de arresto e inhabilitación por denuncia falsa- por acusación falsa cuando presidía Banesto, con lo que se paralizó la ejecución de la sentencia y pudo seguir en su cargo.
El Alto Tribunal ha estimado estima que el Gobierno se excedió en la aplicación del indulto al pretender que su decisión supusiera que al banquero no le afectara la normativa bancaria, que le inhabilita para ser banquero por sus antecedentes penales. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha considerado que el Ejecutivo no puede eliminar los antecedentes derivados de su previa condena penal.
Por unanimidad de los ocho magistrados que integran la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acoge el recurso de varios empresarios, que solo afectaba a un párrafo del indulto, el relativo a la incidencia de la medida de gracia en la normativa bancaria que le inhabilitaba.
En concreto, los recurrentes consideraban "ilegal" el párrafo del Real Decreto que excluía "cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente Real Decreto".
De Guindos: se aplicará la ley
El ministro de Economía, Luis de Guindos, se ha limitado a señalar que tanto el Gobierno como el Banco de España aplicarán el fallo, que podría inhabilitarle para el cargo. "No tengo nada que comentar, respeto absoluto a las sentencias del Supremo", ha dicho Guindos en rueda de prensa al término del Ecofin, durante la cual ha conocido el fallo.
“Tanto el Banco de España como el Gobierno aplicarán la ley al respecto“
"No tenga usted la más mínima duda de que tanto el Banco de España como el Gobierno aplicarán la ley al respecto, como no puede ser de otro modo, y respetarán las sentencias", ha resaltado.
Por lo que se refiere a la nueva norma que prepara al Gobierno sobre honorabilidad de los directivos bancarios, que permitiría al Banco de España autorizar a banqueros condenados a seguir ejerciendo en determinados casos, el ministro de Economía ha sostenido que este reglamento "no va a favor ni en contra de nadie".
Guindos ha asegurado que la norma responde a las directrices de la Autoridad Bancaria Europea y que todavía no está en vigor, sino que se ha sometido a consulta pública y el Gobierno tomará una decisión final una vez que haya escuchado todas las opiniones.
La condena a Sáenz
En marzo de 2011, el Tribunal Supremo impuso tres meses de inhabilitación y prisión a Alfredo Saénz, por un delito de acusación falsa cuando dirigía Banesto. La sentencia contaba con un voto particular del magistrado José Manuel Maza.
Sáenz fue condenado a raíz de una denuncia presentada por los empresarios Pedro Olabarría, Modesto González Mestre y los hermanos José Ignacio y Luis Fernando Romero García. Banesto, de la que Sáenz era entonces presidente, les reclamaba más de 600 millones de pesetas.
Los empresarios fueron detenidos y condenados en 1994 por el juez en Barcelona Lluís Pasqual Estevil, que posteriormente fue declarado culpable de los delitos de prevaricación por las detenciones ilegales y expulsado de la carrera judicial.
Tras decaer esta acción por estafa, los empresarios actuaron contra Sáenz y otros directivos por denuncia falsa y en diciembre de 2009 la Audiencia Provincial de Barcelona les condenó a seis meses y un día de prisión y a multa por denuncia falsa. Posteriormente, la pena fue rebajada por el Supremo.
Entonces el Santander explicó en un comunicado que, además de pedir el indulto al Gobierno, Sáenz recurriría ante el Tribunal Constitucional las sentencias del Supremo y la Audiencia Provincial de Barcelona, que le condenó por los mismos hechos a finales de 2009.