El indulto: preguntas y respuestas
- El indulto es una potestad exclusiva del Gobierno del Estado español
- Puede ser solicitado por cualquier reo que haya sido condenado en firme
- Existen dos tipos de gracias, el indulto total y el indulto parcial
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¿Qué es el indulto?
Es una medida de gracia que tiene como efecto la extinción de la responsabilidad penal. Es decir, el reo queda libre de culpa. Esta ley data del 18 de junio de 1870 y ha sido modificada en varias ocasiones.
¿Quién lo otorga?
El indulto es otorgado por el rey de España a propuesta del Ministro de Justicia de turno, tras la deliberación del Consejo de Ministros.
El Ejecutivo tiene su potestad en exclusiva, recibe informes de los tribunales y de Instituciones Penitenciarias, pero en ningún caso tienen un valor vinculante.
¿Quién puede beneficiarse de un indulto?
Los reos que hayan cometido toda clase de delitos, sin excepción, siempre que ya hayan sido condenados por una sentencia en firme.
¿Existe alguna excepción?
Sí, hay tres casos en los que el reo no podrá acogerse a la petición de indulto.
- Aquellos que estén siendo procesados no podrán recibir la gracia otorgada por el Gobierno
- Tampoco quienes no estén a disposición del tribunal sentenciador para el cumplimiento de la pena
- El que sea reincidente es el último caso en el que el reo no puede ser indultado, independientemente del tipo de delito
¿Qué papel juega el indulto en el sistema jurídico español?
El indulto sirve de ‘válvula’ de escape al sistema penal. Corrige situaciones especiales en la que la pena supone más perjuicios que beneficios. Para evitar una barbaridad de la aplicación estricta de la ley, como resalta el catedrático en derecho penal de la UC3M de Madrid, Javier Álvarez.
¿Se puede revocar?
La resolución del indulto no puede ser revocada.
Casos como el del Tribunal Supremo y la anulación de parte del indulto al consejero del banco Santander Alfredo Sáenz, se refiere a los antecedentes penales y no a la pena en sí.
El TS ha considerado que el Ejecutivo no puede eliminar los antecedentes derivados de su previa condena penal. El indulto de la pena persiste.
Clases de indultos
Indulto total: con el indulto total, el Gobierno concede la exención íntegra de la pena o las penas al reo, que todavía no haya cumplido.
Indulto parcial: en este caso, al reo se le perdona alguna o algunas de las penas impuestas, o parte de todas que no hubiese cumplido todavía.