Justicia reducirá un 80% las tasas judiciales
- Se devolverán las tasas cobradas a los beneficiarios de la justicia gratuita
- Se elevan los umbrales de renta para la exención de tasas
El Ministerio de Justicia ha informado a Soledad Becerril, defensora del pueblo, que llevará a cabo reducciones de hasta 80 % en las tasas variables de las personas físicas en primera instancia en lo relativo a jurisdicción civil y contencioso-administrativo (no así en los órdenes penal y social).
De esta manera, en lugar del 0,50 % del valor del litigio, con límite de 10.000 euros, se pasará al 0,10 % del valor, con límite de 2.000 euros.
Además de esta reducción, en los procesos contenciosos correspondientes a multas y otras sanciones administrativas se establece como límite de la tasa el 50 % de la cuantía de las multas.
Asimismo, el Ministerio de Justicia se ha comprometido a estudiar una reducción de las tasas que paguen las empresas según su capacidad económica, en la futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en contraposición a la Ley de Tasas Judiciales de diciembre de 2012.
Las reformas, ante las recomendaciones de la Defensora del Pueblo y el recurso del PSOE ante el Tribunal Constitucional, supondrán una modificación sustancial del sistema vigente de tasas judiciales.
Por este motivo, Becerril ha informado en un comunicado de que ha decidido no interponer el recurso de inconstitucionalidad contra las tasas judiciales que diversos colectivos le habían reclamado.
Devolución de tasas y mayor acceso a la exención
El Ministerio de Justicia devolverá las tasas cobradas a los beneficiarios de la justicia gratuita desde el 17 de diciembre hasta la inminente entrada en vigor de la reforma legal anunciada, según la comunicación remitida a la defensora del pueblo, Soledad Becerril.
Becerril recomendó el 12 de febrero al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, la modificación de las tasas, cuya reducción fue anunciada posteriormente por el Ministerio.
Se eliminará "por completo" la posibilidad de que el ejecutado hipotecario, o su avalista, de una vivienda habitual pague las tasas abonadas por el banco ejecutante en virtud de una condena en costas, así como la ejecución de las tasas en los casos de laudos arbitrales de consumo, adelantando los efectos del anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, publicado el pasado enero.
Además, se elevan los umbrales de renta para ser beneficiario de la exención de tasas, que también se aplica a víctimas de violencia de género, de terrorismo, de trata de seres humanos, de accidentes de tráfico y menores o discapacitados víctimas de abuso o maltrato.