"A partir de ahora los jueces tenemos un instrumento para paralizar un desahucio"
- Entrevista al juez que planteó la reforma hipotecaria a Luxemburgo
- Dice que la sentencia de la UE cuestiona la ley de enjuiciamiento civil
- Advierte de que los desahucios ya ejecutados no se podrán recuperar
José Manuel Fernández Seijo, el juez que planteó la reforma de la ley hipotecaria a Luxemburgo, ha dicho que a partir de la sentencia de la UE los jueces "tienen un instrumento para poder paralizar los desahucios", aunque ha advertido que "los que ya hayan sido ejecutados, no se podrán recuperar".
En una entrevista en Economía en 24 horas, el magistrado ha explicado que antes de esta sentencia "aunque hubiera una injusticia o una situación de desequilibrio el juez tenía prohibido paralizar un desahucio".
"Era previsible que se pusieran del lado de los más débiles"
Ahora, este hecho cambiará a partir de la sentencia del Tribunal de la UE que falla que la ley de desahucios española vulnera la legislación al no proteger al consumidor. "La decisión de la UE va en la línea de la tutela de los consumidores, era previsible que el Tribunal se pusiera del lado de los más débiles", ha opinado Seijo.
“Era previsible que el Tribunal se pusiera del lado de los más débiles“
"Tras esta reforma, cualquier juez que vea una situación de desequilibrio podrá -como primera medida- paralizar una ejecución hipotecaria", ha explicado el magistrado. "Después, se podrá debatir sobre las condiciones del préstamo", ha apuntado.
El magistrado ha explicado que esta preocupación existe desde el año 2000 cuando varios jueces ya plantearon sus dudas sobre el derecho de los consumidores y denunciaron los abusos y desequilibrios. "Ante una situación de desequilibrio, lo único que podíamos hacer hasta ahora era dar una indemnización al afectado", ha explicado el juez.
Los desahucios ya ejecutados no se recuperan
Sobre el carácter retroactivo de la ley, Seijo ha aclarado que los desahucios que ya hayan sido ejecutados no se podrán recuperar. "No sabemos si esas casas están ocupadas por otras personas", ha recalcado aunque ha advertido que si ha habido perjuicio y hay pruebas de ello, "debe ser reparado".
Por último, Fernández Seijo ha aclarado que el fallo no cuestiona la ley hipotecaria española, sino que cuestiona la ley de enjuiciamiento civil. "Es decir, que más que cambiar la ley hipotecaria hay que cambiar la manera de ejecutarla", ha explicado. "Es un cambio de modelo", ha finalizado.