El Gobierno alarga la cotización para dificultar la jubilación anticipada y la parcial
- Sube hasta 63 años en 2027 la edad de jubilación anticipada forzosa
- Aumenta hasta 35 años la cotización para el retiro adelantado voluntario
- El coeficiente reductor en la anticipada voluntaria sube hasta el 8% anual
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El Gobierno ha aprobado un decreto ley de medidas para frenar las jubilaciones anticipadas y modificar las condiciones de acceso a la jubilación parcial. Se trata de adaptar ambas modalidades a la reforma de pensiones que entró en vigor el pasado 1 de enero y con la que se eleva progresivamente la edad de jubilación legal desde los 65 a los 67 años.
El Ejecutivo, que ha tratado de acordar estos cambios con los agentes sociales en el marco del Pacto de Toledo, se había dado un plazo de tres meses para lograrlo. Finalmente, las modificaciones no han podido pactarse y se incluyen en un decreto ley.
Con más años, más cotización y más penalización
En el caso de la jubilación anticipada forzosa -la que resulta de un despido-, la intención del Gobierno es elevar la edad de acceso progresivamente, acompasándola al aumento progresivo de la edad legal. Así, la edad para poder jubilarse anticipadamente tras una salida involuntaria del mercado laboral se eleva hasta situarse en 63 años en 2027, fecha en que la edad de jubilación estará ya en 67 años. Hasta entonces será de cuatro años menos que la edad legal, en estos momentos 61 años y un mes.
Asimismo, el período mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación anticipada forzosa, pasa ya de 30 a 33 años de cotización.
Los coeficientes reductores que se aplican sobre la pensión también se elevan, pasan de dos a cuatro. Del 1,875% por trimestre para los que tengan menos de 30 años y 6 meses cotizados, del 1,750% para los que tengan más de ese período y hasta menos de 41 años y 6 meses, del 1,625% para los de entre esa última edad y menos de 44 años y 6 meses y del 1,50% para los de igual o más de 44 años y 6 meses.
En cuanto a la jubilación anticipada voluntaria, la edad mínima de acceso se situará en 65 años en 2027, después de ir aumentando de forma progresiva: siempre estará dos años por debajo de la edad legal, que -como establece la reforma de pensiones- también irá aumentando gradualmente desde este año hasta 2027, cuando será de 67 años. También se aumenta el período mínimo de cotización exigido, que pasa de 30 a 35 años.
Se endurecen los coeficientes reductores hasta un 8% anual: del 2% por trimestre para 38 años y 6 meses cotizados, del 1,875% para 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, del 1,7% para esa última edad y menos de 44 años y 6 meses y del 1,625% para los que superen ese último tope.
Respecto a la jubilación parcial, aumenta progresivamente la edad de acceso a la misma. Se establece en dos años antes de la edad legal, por lo que el periodo transitorio dura 24 meses. El tiempo de cotización se fija en 33 años pero se reduce a 25 para las personas con discapacidad. En el caso de que se realice un contrato de relevo, el tiempo de trabajo puede reducirse hasta el 25%. En el caso de que no se contrate a un joven, se aumenta el tiempo de trabajo exigido para el jubilado parcial, hasta un mínimo del 50% de su jornada laboral. No se aplican coeficientes reductores.
Jubilados que trabajen y cobren el 50% de la pensión
El Gobierno ha aprobado que se pueda compatibilizar la pensión con el trabajo por cuenta propia o ajena, si bien los funcionarios públicos solo podrán seguir trabajando en el sector privado. El trabajador debe haber cumplido la edad ordinaria de jubilación y se restringe a quienes tengan derecho a la pensión completa.
Empleo cifra en 2.000 millones el impacto que tendrán las nuevas medidas que afectan a la jubilación anticipada y la compatibilización de la pensión con un salario.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha cifrado en unos 5.000 millones de euros, de aquí a 2027, los menores costes que tendrá que soportar el sistema de la Seguridad Social después de endurecer el acceso a las jubilaciones parcial y anticipada.
En el caso de la jubilación parcial el coste menor al que habrá que hacer frente será de unos 2.400 millones hasta el 2027, que es cuando la edad legal de jubilación habrá pasado definitivamente de los 65 años actuales a los 67 y todas las medidas de la reforma laboral de 2011 estarán implantadas.
Además el Ejecutivo modifica la normativa que obliga a las empresas en beneficios y con más de 100 empleados a compensar al Tesoro si incluyen en despidos colectivos a trabajadores mayores de 50 años. Ahora solo compensarán al Tesoro si el porcentaje de los mayores de 50 años incluidos en el despido colectivo es superior a su peso relativo en el conjunto de la plantilla.
El Gobierno también ha endurecido el acceso al subsidio de desempleo para los mayores de 55 años y ha establecido que, para cobrarlo, no se tendrán en cuenta como hasta ahora sólo las rentas del beneficiario sino las de la unidad familiar. Así, se considerará que existe carencia de renta cuando ésta no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (641,30 euros en 2013) excluidas las pagas extraordinarias.