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La AN condena a 44 años al etarra Manex Castro por el asesinato del empresario Ignacio Uría

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La Audiencia Nacional ha condenado al etarra Manex Castro Zabaleta a 44 años de prisión por su participación en el atentado que en diciembre de 2008 le costó la vida al empresario Ignacio Uría, aunque le absuelve del delito de integración en organización terrorista.

El tribunal también condena a Castro Zabaleta a indemnizar a la viuda del empresario vasco con 160.000 euros, a pagar 40.000 euros a cuatro hijos y 80.000 a otra hija, así como a abonar 8.000 euros a un testigo protegido.

El fiscal pedía para Castro Zabaleta 59 años de cárcel, en tanto que para Iraitz Santa Cruz Ugalde, acusado de prestar su coche al comando que mató al empresario, solicitaba 10 años de prisión por un delito de colaboración con ETA del que ha sido absuelto.

La sección primera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional considera acreditado que Castro Zabaleta, que formaba parte del comando Asti de ETA, consiguió el coche con el que los etarras se desplazaron a las afueras de Deba (Guipúzcoa) para robar allí otro automóvil a punta de pistola, secuestrando a su propietario.

Con el vehículo sustraído, los terroristas se dirigieron a Azpeitia y localizaron al empresario Ignacio Uría, a quien uno de los miembros del comando disparó tres tiros a bocajarro que acabaron con su vida, mientras sus acompañantes le aguardaban en el automóvil, que luego les sirvió para huir.

Castro "prestó una cooperación eficaz"

El tribunal entiende que Manex Castro "prestó una cooperación eficaz" para perpetrar el atentado, ya que se encargó de vigilar al conductor del vehículo robado y, por tanto, su participación fue "imprescindible" para su ejecución.

La acusación pública pidió que se tuviera en cuenta la circunstancia agravante de disfraz, pues el etarra que disparó contra el empresario utilizó una barba postiza, algo que no ha quedado probado.

En su declaración ante el juez y solo en respuesta a las preguntas de su defensa, Castro Zabaleta manifestó que el día del atentado de Uría él trabajaba de jardinero en Villabona (Guipúzcoa) y se enteró de los hechos por la radio junto con su jefe y un compañero de trabajo, versión que ambos corroboraron al comparecer como testigos.

Por su parte, Iraitz Santa Cruz Ugalde, que prestó su vehículo a los miembros de ETA que asesinaron al empresario, ha sido absuelto del delito de colaboración con banda terrorista al quedar probado que, tal y como defendió en el juicio, no tenía conocimiento de que su coche fuera a ser empleado en una acción terrorista.

Santa Cruz aseguró al juez que dejó su vehículo a un amigo "de la cuadrilla de toda la vida", un hábito "normal" entre sus grupo de amigos.

Al margen de este hecho, el tribunal sostiene que en el acusado "no existe ningún dato que permita apreciar cercanía a ETA o simpatía con sus postulados".

Londres autoriza la entrega de Lerín Sánchez

Por otro lado, un tribunal británico ha dado luz verde a la entrega a España del presunto etarra Ignacio Lerín Sánchez al considerar que corresponde "exclusivamente" a la justicia española juzgar al sospechoso, si bien su defensa apelará el fallo.

Lerín Sánchez, que estuvo presente en una audiencia celebrada ante la Corte de Magistrados de Westminster, en Londres, fue detenido el 29 de junio de 2012 en la capital británica y es requerido por las autoridades españolas por presunta pertenencia a banda armada y posesión de explosivos.

El supuesto etarra estuvo huido cinco años, desde abril de 2007, cuando fue desarticulado el "comando Donosti" de ETA, del que presuntamente formaba parte junto con su hermano José Ángel, "Joseba".

En una vista rápida, el juez Nicholas Evans emitió un dictamen favorable a la petición de la fiscalía, en representación de la Justicia española, al determinar que debe ser un tribunal español el que "valore si hay suficientes evidencias para respaldar las acusaciones".

Su defensa anunció que recurrirá el fallo, para lo que tiene un plazo de siete días laborables.