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Los desahuciados podrán recurrir si las cláusulas abusivas son la razón de la ejecución

  • Así se recoge entre la treintena de enmiendas introducidas por el PP a la ILP
  • El PSOE plantea seguir en la vivienda en alquiler si se ha pagado el 75%
  • IU apuesta por que el deudor pueda elegir la opción que más le convenga
  • Afectados por los desahucios han presentado un escrito para paralizarlos

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Desahucio recurrible si el abuso es la razón de la ejecucíón

Los afectados por los desahucios solo podrán oponerse al  lanzamiento si las cláusulas abusivas del contrato son la razón de la  ejecución o determinan la cantidad exigible, en cuyo caso el tribunal  deberá acordar o el sobreseimiento del desahucio o la continuidad del  proceso sin aplicar dicha cláusula al cálculo de la deuda.

Así consta en una de la treintena de enmiendas que, a falta de  posibles cambios de última hora, el PP ha preparado para el proyecto  de ley Antidesahucios y la iniciativa legislativa popular (ILP) de  dación en pago, cuyo plazo de registro concluye este martes y que se  tramitarán conjuntamente.

Con estas enmiendas, se da respuesta a las  deficiencias detectadas por el Tribunal de Justicia de la Unión  Europea (TJUE) en la normativa hipotecaria española, que conculca el  derecho comunitaria de protección al consumidor.

El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, prevé cuatro  cambios en la actual Ley de Enjuiciamiento Civil. Así, se propone  añadir una cuarta causa que el ejecutado puede alegar para oponerse  al desahucio, que se suma a las tres razones que ya existían  (cancelación de la hipoteca o de la garantía, o existencia de errores  en la determinación de la cantidad exigible): "El carácter abusivo de  una cláusula contractual que constituya el fundamento de la ejecución  o que hubiese determinado la cantidad exigible".

Tras formularse la oposición, el secretario judicial suspenderá la  ejecución y convocará a las partes, tal y como ya se preveía. Si se  acepta el nuevo supuesto motivador se podrá "acordar el  sobreseimiento de la ejecución cuando la cláusula contractual  fundamente la ejecución", o se "continuará la ejecución con la  inaplicación de la cláusula abusiva".

Actuar de oficio

Otra de las propuestas prevé dar potestad al tribunal para citar  a ambas partes en los casos en que se detecten el contrato  hipotecario cláusulas abusivas "cuya nulidad pudiera conllevar la  denegación de la ejecución".

Hasta ahora, el juez tenía que dar vía verde a la ejecución  hipotecaria siempre que la solicitud cumpliera los requisitos  procesales y formales, y el afectado solo podía oponerse en algunos  supuestos.

Sin embargo, a partir de ahora si el juez detecta  cláusulas abusivas podrá dar audiencia en el plazo de cinco días al  acreedor y el deudor antes de decidir, y el titular de la hipoteca  que considere que algunas previsiones del contrato son abusivas  también podrá oponerse en un plazo de diez días, y no esperando hasta  el final del procedimiento, como sucedía ahora.

Esta era una de las principales quejas del TJUE, que señalaba que  los consumidores españoles quedaban desamparados y sin posibilidad de  defensa hasta después de concluir el procedimiento de desahucio,  cuando ya se ha perdido la vivienda y el perjuicio es difícilmente  resarcible, incluso con una indemnización.

Se aplicará a las ejecuciones iniciadas

En otra de las enmiendas, se establece el régimen transitorio que  se aplicará a los procedimientos ejecutivos que ya están iniciados, a  los que se dará un plazo de quince días desde la entrada en vigor de  la ley para poder formalizar la oposición en base a los nuevos  argumentos permitidos, tiempo durante el que se suspenderá la  ejecución.

Para los procedimientos iniciados y no concluidos cuando  entre en vigor la ley y en los que se haya fijado ya la deuda, se  dará un plazo de diez días para recalcularla.

Además, se introduce otro cambio para dar al deudor la posibilidad  de elegir entre la vía judicial y la extrajudicial para el  procedimiento de ejecución -siempre y cuando el contrato de la  hipoteca incluya esta posibilidad-.

También se fija que la diferencia máxima de las cláusulas suelo y  techo con respecto al tipo de interés en el momento de la firma de la  hipoteca será del 40%, "a efectos de clarificar la completa  transparencia en los contratos suscritos con cláusulas suelo y/o  techo, y sin perjuicio de la legalidad de aquellas cláusulas  suscritas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley".

No en  balde, hace apenas unas semanas el Tribunal Supremo (TS) decretó  ilegales las cláusulas suelo en los casos que haya habido falta de  información.

La oposición avala la dación en pago

Mientras, los grupos parlamentarios del PSOE, Izquierda Plural, PNV, UPyD y Mixto (a través del BNG) han respaldado en sus enmiendas al proyecto de ley derivado de la iniciativa legislativa popular.

Además, han realizado propuestas adicionales para ampliar el proyecto de ley nacido de la ILP promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), ya sea para incluir la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE o para introducir mejoras en el texto.

El PSOE plantea en sus enmiendas que si el deudor ya ha pagado el 75% de la vivienda pueda continuar en ella abonando una cantidad en concepto de pago de la deuda pendiente equivalente al 30% de los ingresos familiares, así como que también se beneficien de la nueva normativa los avalistas de las viviendas y los locales comerciales de autónomos.

En cuanto a la sentencia del Tribunal de la UE, plantea que el juez pueda suspender cautelarmente el procedimiento de ejecución si existen cláusulas abusivas, posibilidad que ya introdujo como causa de oposición a una ejecución hipotecaria en las enmiendas que presentó al otro proyecto de ley que tramita el Congreso sobre este tema (el de protección a los deudores hipotecarios).

Elegir la alternativa que más convenga

La Izquierda Plural (IP) propone que, en el caso de que se aleguen cláusulas abusivas como oposición, el tribunal deberá emitir un auto sobre el asunto que, o bien supondrá el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria o bien la determinación de la cantidad de dinero por la que seguirá el procedimiento.

El deudor podrá elegir entre la alternativa que más le convenga: dación en pago de la vivienda, reestructuración de la deuda o una quita.

También apuesta por crear una oficina de atención a los afectados por las cláusulas abusivas y ampliar el fondo social de viviendas con inmuebles de los bancos nacionalizados, de los participados por el FROB y de los desocupadas de titularidad pública por un periodo mínimo de cinco años.

UPyD pide que el juez, que podrá actuar de oficio, deniegue total o parcialmente la ejecución de la vivienda habitual por la cantidad que reste por pagar si se debe a una causa "justa",  tal como enfermedad larga, paro, desgracias familiares; así como aplicar retroactivamente la decisión de la corte de Luxemburgo a procesos iniciado en el momento en que entre en vigor la nueva norma.

Al margen de la sentencia, propone que si no hay postores en la subasta el acreedor pueda pedir la adjudicación de los bienes por cantidad superior o igual al 80% de su valor de tasación.

Asimismo, pide que no se admitan postores vinculados al banco que pide ejecutar la hipoteca, o participados por esa entidad financiera, y crear una Comisión Nacional de Sobreendeudamiento para coordinar los procesos de mediación hipotecaria.

UPyD e IP coinciden en modificar la ley del IRPF para evitar que las daciones en pago tributen como ganancias por las que se debe pagar.

Retroactividad para las familias más vulnerables

El PNV, que ya presentó su única enmienda el 1 de marzo pasado, propone que puedan acogerse a la dación en pago retroactiva de su vivienda habitual las familias que estén en situación especialmente vulnerable y con unos ingresos inferiores a cuatro veces el IPREM, que actualmente son 1.597,53 euros brutos mensuales, así como ampliar los supuestos de especial vulnerabilidad.

El BNG (integrado en el Grupo Mixto) presentó sus propuestas el pasado 15 de marzo y en ellas proponía que el juez admita la oposición del deudor si hay cláusulas abusivas y si afecta a la vivienda habitual de un deudor que actúe de buena fe.

En cuanto a CiU, el grupo ha decidido no presentar enmiendas sin que antes se trasponga a la legislación española la sentencia del Tribunal de Luxemburgo y ha reclamado al Ejecutivo que convoque a todos los grupos parlamentarios para hacerlo.

Los afectados reclaman la nulidad de sus desahucios

Asimismo, los afectados por las ejecuciones hipotecarias han presentado en los juzgados españoles un escrito en el que reclaman la nulidad de todos los procedimientos de desahucio, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, al considerar que la normativa hipotecaria española es "ilegal".

Los afectados han presentado el escrito elaborado por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) el mismo día que concluye el plazo de enmiendas al proyecto de ley de regulación de la dación en pago y paralización de los desahucios, procedente de una iniciativa legislativa popular.

Mientras continúa la polémica por las protestas contra los desahucios ante los domicilios de los diputados del PP y colean las reacciones a las palabras de la delegada del Gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes sobre ese asunto. Cifuentes vinculó al colectivo con "grupos filoetarras".

En Madrid, decenas de afectados han acudido a los juzgados de primera instancia para pedir que "se dejen de violar sistemáticamente los derechos humanos por la aplicación de una norma ilegal", según ha asegurado a los medios uno de los asesores legales de la PAH Rafael Mayoral.

En el escrito entregado por los afectados en los juzgados españoles se solicita además de que se anulen los desahucios que se están tramitando, que se suspendan todos los procedimientos para que no se lleve a cabo ninguna actuación más en los juzgados basándose en la actual normativa.

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