La Audiencia de Madrid rechaza investigar al abogado que se refirió a los mendigos como "cánceres"
- Así lo manifestaba en el primer escrito de defensa de dos cabezas rapadas
- La Audiencia de Madrid lo consideró "inadmisible" y le pidió otro escrito
- El letrado Ángel Pelluz decía que "añoraba" la ley de vagos y maleantes
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado abrir una investigación sobre el abogado que defendió a dos "cabezas rapadas" procesados por golpear a un vagabundo y que aseguró que los mendigos "no son personas", sino "cánceres de la sociedad".
Queda desestimada, por la sección séptima de la Audiencia, la solicitud de la Fiscalía de investigar al letrado Ángel Pelluz, por la comisión de un presunto delito en relación con el contenido de un escrito de defensa que presentó en representación de María Leticia G.D. e Iván L.G.
En el escrito de defensa, Pelluz decía que "añoraba" la ley de vagos y maleantes y estimaba que "la ocupación de terreno público por quien no se procura una existencia digna es causa de rechazo en otras personas que cumplen las leyes".
"Si el trabajar es un derecho, también es un deber y la vagancia no está recogida en nuestra Carta Magna", argumentaba el letrado antes de resaltar que nadie quisiera ver que en su portal se acumulan despojos de cartones y prendas donde pululan las chinches, las pulgas, los piojos y, en algunos casos, hasta una rata.
La Audiencia pidió al letrado un nuevo escrito de defensa
En declaraciones a los periodistas, Pelluz ha atribuido la interpretación que se dio a su escrito de defensa a que "no supo explicarse correctamente" ha insistido en que los mendigos "no son personas humanas", sino "cánceres de la sociedad".
La Audiencia madrileña explica en su auto que le parecieron "inadmisibles" las manifestaciones que el letrado vertía en el escrito de defensa. Por ello, la sala devolvió el escrito al abogado y le requirió que confeccionara uno nuevo, tanto por las manifestaciones que contenía como porque no constaba la firma original del letrado.
El abogado presentó un nuevo escrito de conclusiones provisionales, esta vez con su firma original, en el que se disculpaba ante la sala. La Audiencia se opone a la apertura de un procedimiento penal por la supuesta responsabilidad que pudiera desprenderse de unas manifestaciones realizadas en un escrito que no tenía la firma original del letrado, que le fue devuelto y que en la actualidad no consta en las actuaciones.
Subraya que "tampoco cabe" que este tribunal adopte decisión alguna respecto a las posibles manifestaciones que el letrado haya podido realizar a los medios de comunicación durante los días en los que se ha celebrado el juicio oral.
Al parecer, según el auto, las manifestaciones a la prensa fueron "en sentido similar, pero incluso más peyorativo" que las efectuadas en el escrito inicial y que "en modo alguno han sido vertidas en las sesiones del juicio oral, lo que este tribunal, a través de su presidenta, no habría permitido".