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Andalucía expropiará temporalmente viviendas si los desahuciados corren riesgo de exclusión

  • El riesgo deberá estár acreditado por los servicios sociales municipales
  • La expropiación de la vivienda a la banca será como máximo de tres años
  • La hipoteca debe consumir al menos un tercio de los ingresos familiares

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Andalucía expropiará temporalmente viviendas si los desahuciados corren riesgo de exclusión

Andalucía ha aprobado un decreto-ley sobre la función social de la vivienda, que incluye expropiaciones temporales a la banca para frenar los desahucios y sanciones de hasta 9.000 euros a bancos e inmobiliarias que no alquilen las viviendas vacías.

La expropiación temporal será de aplicación durante un periodo máximo de tres años en  procedimientos de desalojo instados por los bancos y sus filiales  inmobiliarias o entidades de gestión de activos. A cambio, las entidades  afectadas por la expropiación recibirán el 2% del justiprecio, previsto en la Ley de Expropiaciones, según informa EFE.

Para aplicar esta medida, el afectado debe tener en la vivienda hipotecada la  residencia habitual y la finalidad del préstamo debe ser el  pago de la casa. Además de que el desalojo pueda generar exclusión social, acreditada por los servicios sociales de los ayuntamientos, y que los afectados sufran una situación de endeudamiento sobrevenido.

El deterioro de las condiciones económicas toma como referencia que el esfuerzo para atender la hipoteca se haya multiplicado al menos por 1,5 y suponga más de un tercio de los ingresos familiares. Las personas que se beneficien de esta iniciativa no podrán superar tres veces el Iprem.

Sanciones de hasta 9.000 euros

La nueva norma andaluza incluye un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su reserva residencial.

Se considera infracción muy grave no dar uso de habitación a un inmueble o arrendar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones de seguridad, casos en los que la multa puede alcanzar los 9.000 euros, y cuya recaudación se destinará al patrimonio público de suelo de la Junta de Andalucía.

Para declarar como vacía una vivienda será necesario acreditar durante seis meses la no habitabilidad, y la nueva regulación establece la creación de un Registro de Viviendas Deshabitadas como instrumento de control, al tiempo que dispondrá de un plan de inspección que, con una vigencia de dos años, fijará los criterios para priorizar la actuación de la administración andaluza en este ámbito.

En Andalucía hay alrededor de 700.000 viviendas desocupadas, de las  que entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas, y desde  2007 se han producido unos 86.000 desahucios, según ha destacado la  consejera andaluza de Fomento, Elena Cortés.