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La Audiencia de Barcelona confirma el ingreso en prisión de Pallerols y dos excargos de UDC

  • Les da un plazo de cinco días para acreditar la petición de indulto ante Justicia
  • En el auto, se remite a los argumentos que ya esgrimió en su anterior resolución
  • Tendrán que cumplir hasta año y medio de cárcel por fraude en subvenciones

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La Audiencia de Barcelona ha confirmado la resolución en la que obligó al empresario andorrano Fidel Pallerols y a los excargos de UDC Lluís y Vicenç Gavaldà a ingresar en prisión para cumplir las penas de hasta año y medio de cárcel que se les impusieron por fraude en subvenciones.

Con el voto particular de un magistrado, la sección segunda de la Audiencia desestima así los recursos que presentaron las defensas de los tres condenados contra el auto que les obliga a cumplir las penas de prisión fijadas en la sentencia que pactaron con las acusaciones, pese a ser inferiores a dos años y carecer de antecedentes penales.

En una sentencia de conformidad, el empresario andorrano y el exsecretario de Organización de UDC Vicenç Gavaldà fueron condenados en enero pasado a siete meses de prisión cada uno y el exdirector general de Empleo Lluís Gavaldà a año y medio por el desvío de subvenciones públicas del caso Pallerols, en el que el partido democristiano fue condenado como responsable civil subsidiario.

La Audiencia obliga a los procesados a cumplir las penas de prisión impuestas, aunque les da un plazo de cinco días para que acrediten haber solicitado ante el Ministerio de Justicia una petición de indulto, lo que podría implicar la suspensión de la pena a la espera de que el Gobierno resuelva sobre el mismo.

En su auto, que es firme, el tribunal se remite a los argumentos que ya esgrimió en su anterior resolución, en la que acordó que los procesados por el caso Pallerols debían cumplir las penas de prisión que pactaron en aras al principio de "prevención general" de la corrupción.

Al ser inferiores a los dos años de cárcel y carecer de antecedentes, los condenados podrían haberse librado de ir a prisión si así lo hubiera acordado el tribunal, pero la Audiencia rechazó concederles el beneficio de suspensión de la condena y también conmutarles la pena de prisión por una multa, en contra del criterio de la Fiscalía.

Los procesados "están insertados en la sociedad"

El tribunal admite en su auto que los procesados "están totalmente insertados en la sociedad", pero descarta que su ingreso en prisión suponga "un factor criminógeno" ni frustre los fines de reinserción de la condena, teniendo en cuenta su edad, educación y estatus socioeconómico.

"La finalidad del beneficio de suspensión de la ejecución nunca ha sido ni es evitar el ingreso en prisión de cualquier persona que, condenado a penas menores de dos años, fuere delincuente primario o asimilado", añade la sala, que insiste en que en este caso debe primar el principio de "prevención general".

En su auto, el tribunal admite que la enfermedad cardiovascular grave que ha alegado el condenado Lluís Gavaldà para recurrir su ingreso en prisión puede servir para justificar la petición de indulto al Gobierno que, de hecho, las defensas de los tres imputados ya han anunciado que solicitarán.

Cinco días para acreditar la solicitud de indulto

Precisamente, en base a ese anuncio de petición de indulto, el tribunal ha concedido un plazo de cinco días a las defensas de los procesados para que acrediten la presentación de ese recurso -lo que ya ha hecho el abogado de Vicenç Gavaldà-, tras lo que la Audiencia resolverá si les suspende provisionalmente la condena.

La resolución cuenta el voto particular del magistrado Javier Arzua que, como ya hiciera en el anterior auto de la Audiencia, considera que la sala ha aplicado una "visión excesivamente restrictiva" sobre el cumplimiento de las penas de prisión y alerta de que en encarcelamiento "difícilmente permite cumplir" los fines de reinserción y reeducación.

El tribunal que ha confirmado el ingreso de prisión de los tres condenados por el caso Pallerols tiene una composición diferente al que dictó el primer auto -suscrito por una magistrada suplente que ya ha cesado-, pero la decisión de la sala, completada con la magistrada María José Magaldi, ha tenido finalmente el mismo sentido.