El TSJM declara improcedentes los 861 despidos del ERE de Telemadrid, "no ajustados a derecho"
- No obliga a readmitir a los trabajadores, pero sí a elevar la indemnización
- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid comunica la sentencia a partes
- Los miembros del Comité de Empresa sí tienen que ser readmitidos
Ver también: sentencia completa del TSJM (PDF)
La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado este martes improcedentes "por no ajustarse a derecho" los 861 despidos del ERE de Telemadrid. La sentencia no implica la obligación de readmitir a los trabajadores, salvo a los miembros del Comité de Empresa, a los que sí tendrán que volver a contratar.
La sentencia abre la puerta a que la empresa reincorpore a los empleados y obliga a Telemadrid a elevar las indemnizaciones de 20 días por año trabajado y un tope de 12 mensualidades, hasta lo que fija la ley por despido improcedente, según ha explicado a RTVE.es la secretaria sectorial de medios de comunicación social, cultura y deporte de UGT, Cristina Alonso.
Hasta febrero de 2012, la indenminación era de 45 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. A partir de la reforma laboral, la cifra cae a 33 días y 24 mensualidades. El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, ha destacado lo mismo: la sentencia no conllevará readmisiones sino mayores indemnizaciones a los despedidos.
Bajar la asignación presupuestaria no es motivo suficiente
La causa alegada por Telemadrid para el despido colectivo fue una insuficiencia presupuestaria que concreta en "causa objetiva de naturaleza económica".
La sentencia sostiene que la bajada de la asignación presupuestaria del Ejecutivo autonómico al Ente Público Radiotelevisión Madrid "no es suficiente para acreditar" el ERE que se determinó. El auto concreta de forma más específica que "una reducción presupuestaria, de entre un 5% a 10%, no parece pueda justificar la idoneidad de la medida extintiva".
"Resulta evidente que una situación económica negativa, cualquiera y por sí misma no basta para justificar los despidos de 925 trabajadores de una plantilla total de 1.161. Es necesario acreditar algo más, que esa situación, que no es nueva, actúe sobre la plantilla de la empresa creando la necesidad de reducir los números de puestos de trabajo propuestos o provocando un cese total de la actividad, y que las medidas extintivas respondan a esa necesidad", se asegura en la sentencia.
La sentencia señala que "procede declarar no ajustada a derecho la decisión extintiva adoptada por las demandadas al no haberse acreditado la concurrencia de la causa legal indicada en la comunicación extintiva".
ERE improcedente, pero no nulo
El juez ha comunicado a las partes la sentencia sobre la demanda colectiva presentada por el sindicato UGT, y a la que se sumaron otras dos organizaciones sindicales (CC.OO. y CGT), a finales de enero, en la que se alegaba que el ERE era desproporcionado e implicaba el "desmantelamiento" del ente por razones "políticas".
La sentencia establece que el ente está legitimado para presentar el expediente de despido colectivo y rechaza el argumento sindical de "falta de buena fe" en la negociación del mismo. Además, establece que el despido no es nulo porque "no se puede decir que exista ausencia de los requisitos formales consistentes en la aportación de los criterios de selección". Como los criterios "no son, a priori, discriminatorios (...), la decisión de la a empresa resulta ajustada a derecho".
UGT solicitaba que se declararan los despidos nulos, lo que habría obligado a la empresa a readmitirlos a todos. "Queríamos el despido nulo porque veíamos que hay suficientes razones para ello", ha asegurado Alonso a RTVE.es, quien ha destacado que en cualquier caso, "esta es una sentencia para que los trabajadores la saboreen porque es la primera buena noticia que reciben en meses".
Según la sentencia, contra la misma cabe recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo. Las partes tienen cinco días para presentar el escrito del recurso, algo que harán los sindicatos, según Europa Press.
"Ha sido un mensaje claro a la Comunidad de Madrid: que no puede hacer lo que considere oportuno porque hay un límite, que es la ley", ha asegurado la secretaria sectorial de medios de comunicación social, cultura y deporte de UGT.
Satisfacción en la Comunidad de Madrid
El presidente del Gobierno regional, Ignacio González, advirtió semanas atrás de que si la justicia tumbaba el ERE y lo declaraba nulo, Telemadrid se cerraría, al no poder afrontar el Ejecutivo autonómico su actual coste.
Este martes, González ha mostrado su satisfacción al conocer la sentencia porque considera que el auto deja claro que "el ERE es correcto desde el punto de vista de las causas y de la extinción de los contratos", según declaraciones recogidas por Efe y Europa Press.
"Lo que hace la sentencia es dar la razón al consejo de administración de Telemadrid, que lo que hizo fue ordenar la rescisión de contratos de los trabajadores por las causas alegadas", ha continuado González para quien las causas son "correctas" y la extinción es "correcta".
Preguntado por si tras la sentencia Telemadrid seguirá en marcha, el presidente ha señalado que Telemadrid seguirá funcionando "ajustada a lo que fue el ERE que en su caso se aprobó".
Coste de entre 30 y 100 millones de euros
Los sindicatos han cifrado entre 30 y 100 millones de euros lo que podría suponer a Telemadrid el pago de indemnizaciones a los trabajadores despedidos si la empresa no les readmite.
Tras conocer la decisión del TSJM, los más de 200 trabajadores despedidos presentes en los alrededores de la Sala de lo Social han celebrado esta "victoria amarga", entre lágrimas y con anuncios de ir al Supremo. "No buscamos las indemnizaciones sino los puestos de trabajo", ha explicado la presidenta del comité de empresa, Teresa García.