La juez rechaza la prescripción de los delitos por los que se procesó a Anglés en el caso Alcasser
- En paradero desconocido, fue procesado por rapto, violación y asesinato
- El único detenido, Miquel Ricart, cumple una condena de 170 años
- Fija como fecha para contabilizar la prescripción el 14 de diciembre de 2009
La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Alzira (Valencia) ha rechazado que se consideren prescritos los delitos por los que fue procesado Antonio Anglés, actualmente en paradero desconocido, por su participación en el llamado caso Alcàsser.
La responsabilidad criminal de Anglés, en la desaparición y muerte de las niñas de 14 y 15 años Toñi, Miriam y Desirée "no se puede considerar extinguida actualmente por prescripción", considera la magistrada, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) a las que cita Efe.
La decisión judicial coincide con el informe del fiscal y con la solicitud de la acusación particular Clara Campoamor. El fiscal jefe del área de Alzira, Javier Rosa, se opuso a la prescripción de los delitos por considerar que las investigaciones tienen "virtualidad suficiente" para interrumpir el plazo necesario para la prescripción del delito.
La Asociación Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular en esta pieza, ya manifestó al juez instructor su rechazo a la prescripción "al menos hasta 2029, teniendo en cuenta que las últimas diligencias practicadas de las que se tienen constancia datan de 2009".
Nueva fecha para su prescripción
La desaparición de las tres menores se produjo en noviembre de 1992 y fueron halladas muertas en enero de 1993. El único detenido por el crimen es Miquel Ricart, que cumple una condena de 170 años de prisión.
Mientras, Antonio Anglès fue procesado por tres delitos de rapto, violación y asesinato, un delito de inhumación ilegal y un delito de tenencia ilícita de armas. El plazo establecido para su prescripción es de 20 años, ya que se calcula en función de la pena prevista para la falta más grave, en este caso el asesinato.
La juez fija como fecha para contabilizar esta prescripción el 14 de diciembre de 2009, en lugar del momento en que se cometieron los crímenes, ya que fue entonces cuando se realizaron las últimas "diligencias sustancias", y cuando se acordó el cese de las intervenciones telefónicas y de correo electrónico.
"Responsabilidad criminal"
En el auto, la magistrada considera que el plazo prescriptivo quedó interrumpido "por todas aquellas diligencias de contenido sustantivo practicadas" y concluye que por este motivo no se puede dar por extinguida la "responsabilidad criminal" de Anglés.
Este criterio también coincide con el del fiscal, que consideró en su informe que las últimas actuaciones relacionadas con la investigación del caso datan del 25 de septiembre de 2009 referidas a la intervención del teléfono y correo electrónico de la hermana de Antonio Anglés, Kelly Anglés, al fin de localizar al primero, declarado en rebeldía y en paradero desconocido.
La búsqueda de Anglés ha continuado sin éxito por distintos países de Latinoamérica y Europa. También se ha especulado con que podría haber muerto ahogado en aguas de la costa irlandesa.