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Los tipos de interés para préstamos hipotecarios serán válidos hasta el próximo 6 de octubre

  • Los tipos para préstamos a más de tres años para compra de vivienda
  • Estos tipos dejaron de ser oficiales este 29 de abril pero seguirán en vigor

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Los tres índices de referencia que se utilizan para préstamos hipotecarios y que dejaron de ser oficiales con la entrada en vigor de la orden de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, aprobada en 2011, seguirán en vigor hasta el próximo 6 de octubre, según precisa en Banco de España este martes, a través de un comunicado.

El organismo regulador explica que los índices  de referencia que dejaron de ser  considerados oficiales el 29 de abril de 2012 para los nuevos  préstamos contratados desaparecerán el 6 de octubre de 2013 "siempre  que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de  transición para los préstamos afectados". 

Así lo indica el texto de la orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, que especifica que la "desaparición completa" de los tipos se producirá transcurrido un año desde su entrada en vigor, que se produjo el 6 de octubre de 2012.

En concreto, los tres tipos de índices que se incluyen en esta  orden son el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres  años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de  ahorro (IRPH-Cajas); el tipo medio de los préstamos hipotecarios a  más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por  los bancos (IRPH- ancos), y el tipo activo de referencia de las cajas  de ahorros (Tipo CECA).

Transición a los nuevos tipos

El Banco de España señala además que el Gobierno "está trabajando" para  que el próximo 6 de octubre se haya aprobado el régimen de transición de  los tipos afectados.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 29 de octubre de  2011 la orden en la que se establecía la desaparición de los citados  tipos, que dejaron de ser oficiales el 29 de abril de 2012. Sin  embargo, estos tipos seguirán siendo aplicables a los préstamos hasta  el 6 de octubre de 2013. Para entonces, debe estar aprobado un  régimen de transición de estos tipos a otros que mantengan el  carácter oficial.

El órgano que dirige Luis María Linde ha señalado que la  disposición transitoria explica que "los índices o tipos de  referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo  empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de  esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los  efectos".

Esto quiere decir que dichos índices, "mientras sigan  publicándose, continúan siendo índices válidos para los créditos o  préstamos hipotecarios a tipo de interés variable que a la entrada en  vigor de la Orden los tuvieran como índice de referencia".