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El Tribunal Supremo avala la cotización de los becarios universitarios durante sus prácticas

  • El Real Decreto que excluía a los universitarios en prácticas es nulo
  • Se pueden reclamar las cotizaciones no realizadas desde noviembre de 2011

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El Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por Comisiones Obreras contra el Real Decreto que restringía la obligación de dar de alta en Seguridad Social a los becarios universitarios o de formación profesional con contraprestación económica durante sus prácticas, según informa el sindicato.

La reforma de las pensiones aprobada en febrero de 2011 incluía una serie de medidas que mejoraban las carreras de cotización de jóvenes y mujeres. Una de ellas, era el reconocimiento del derecho a ser dadas de alta en Seguridad Social a las personas que participaban en programas de formación remunerados vinculados a estudios universitarios o de formación profesional.

Tras la entrada en vigor de esta medida en noviembre de 2011, 41.135 jóvenes con beca fueron dados de alta en la Seguridad Social en un mes. Sin embargo, el Gobierno aprobó un nuevo Real Decreto apenas dos semanas después, excluyendo de este nuevo derecho a los estudiantes universitarios que realizaban prácticas externas.

CC.OO recurrió esta decisión ante el Supremo al entender que "se detenía el proceso de afiliación de jóvenes por esta vía". Según el sindicato, la cifra registrada en noviembre empezó a decrecer en los meses siguientes, anulándose la mitad de las altas iniciales hasta situarse en torno a 20.000 becarios afiliados.

Nulo de pleno derecho

La sentencia del Alto Tribunal estima el recurso del sindicato al no haber recabado el Gobierno opinión del Consejo de Estado, declarando de esta manera la nulidad de pleno derecho del Real Decreto impugnado y restableciendo la regulación originaria.

En un comunicado, CC.OO explica que, a raíz de esta decisión, los jóvenes que se encuentren en situación de becarios tanto en organismos públicos como empresas privadas o estén vinculados de algún modo a estudios universitarios o de formación profesional y perciban por ellas algún tipo de contraprestación económica de cualquier cuantía, deben ser considerados en situación asimilada al alta en la Seguridad Social.

De este modo, las empresas o entidades que financien la beca están obligadas a darles de alta con una cotización especial que cubrirá todas las contingencias de seguridad social excepto desempleo. No se ha establecido límite temporal máximo para cotizar por estas becas, por lo que la cotización debe extenderse durante todo el periodo que dure la beca.

La sentencia también abre la posibilidad de reclamación por los periodos que, desde noviembre de 2011, debían haber sido cotizados y no lo han sido "por la indebida aplicación del Real Decreto". CC.OO. estima que esta medida podría beneficiar a más de dos millones de estudiantes universitarios y de formación profesional.

Retomar "lo antes posible" la cotización

El secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, ha animado a empresas e instituciones a que retomen "lo antes posible" la cotización de los becarios tras la sentencia del Tribunal Supremo, ya que redundará en un incremento de los cotizantes y de los ingresos de la Seguridad Social.

En rueda de prensa para valorar los datos de afiliación a la Seguridad Social del mes de mayo, Burgos no ha cuantificado cuántos becarios podrían darse de alta en el sistema a partir de ahora, si bien ha recordado que cuando se aprobó el Real Decreto que ahora se ha anulado había más de 41.000 y alrededor del 50% se vieron después abocados a salir del sistema.

Así, tras la sentencia del Supremo, de la que Burgos ha asegurado no tener comunicación "oficial", pero que ha dado por firme, ha señalado que "el primer paso será recuperar ese número de personas".