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El Parlament alega "libertad de expresión" contra la impugnación de la declaración soberanista

  • Alega ante el Tribunal Constitucional para que se levante la suspensión
  • El TC suspendió temporalmente la declaración aprobada en enero

Por
Parlament de Cataluña
La presidenta del PPC, Sánchez-Camacho (c), conversa con el conseller de Territorio y Sostenibilidad, Santi Vila (i), ante el presidente, Artur Mas, en la sesión al control del Parlament.

El Parlamento catalán ha alegado ante el Tribunal Constitucional que la declaración soberanista constituye un ejercicio de "libertad de expresión" y "pluralismo político", por lo que solicita que sea levantada de forma "inmediata" su suspensión y que se rechace la impugnación del Gobierno.

En concreto, según indica el texto de las alegaciones ante el TC presentadas por los servicios jurídicos del Parlament, la declaración de soberanía de Cataluña aprobada el pasado 23 de enero por mayoría absoluta de la cámara "expresa una voluntad política" y "no tiene efectos jurídicos" puesto que se trata de un ejercicio "de la libertad de expresión" y del "pluralismo político".

El TC suspendió temporalmente esta resolución, que aprobó el Parlament en enero, en la que CiU, ERC, ICV-EUiA y un diputado de la CUP defendieron el 'derecho a decidir' de Cataluña.

En las alegaciones, que los servicios jurídicos de la cámara han enviado este jueves al TC, aseguran que el Parlament ha aprobado en los últimos años resoluciones similares, que nunca habían sido recurridas, algo que "denota una especial animadversión política en el momento actual, incomprensible en términos jurídicos".

La declaración únicamente tiene "un alcance político"

Los derechos a la libertad de expresión y al pluralismo político, señala el texto, "son principios democráticos esenciales del sistema constitucional" y la declaración se corresponde con "un acto parlamentario aprobado en ejercicio de la función de impulso de la acción política y de gobierno", motivo por el cual el Parlament pide al TC que rechace la impugnación del Gobierno español y levante la suspensión.

La declaración en la que se expresa "el derecho a decidir del pueblo de Cataluña" únicamente tiene "un alcance y unos efectos políticos", subraya, y "no incide en el ordenamiento jurídico", y por ello "el ejercicio de la función parlamentaria no está limitado por el principio de legalidad constitucional".

Su finalidad, precisa, "es expresar una voluntad política de iniciar un proceso político" de acuerdo con los principios que la misma resolución menciona: soberanía, legitimidad democrática, transparencia, diálogo, cohesión social, europeísmo, legalidad, papel principal del Parlament y participación.

Por este motivo, pide el levantamiento "inmediato" de la suspensión y señala: "no tiene precedentes en la jurisprudencia del TC y, llevada al extremo, puede producir una suspensión de la libertad de debate político, en ningún caso amparada por la Constitución".

Evocar esto, añade, "nos lleva a unas etapas de la historia no demasiado lejana del Estado español" previas a la Carta Magna de 1978.

La declaracion "no altera la legalidad vigente"

El Parlament argumenta que una declaración "no altera la legalidad vigente, porque el principio de legalidad al que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos lo definen las leyes y otros actos de naturaleza normativa".

"Tal como ha señalado el TC en diversas ocasiones las resoluciones que son fruto de la función de impulso de la acción política y de gobierno no tienen efectos jurídicos vinculantes", recuerda el Parlament en sus alegaciones firmadas por la secretaria general y el letrado mayor, Imma Folchi y Antoni Bayona, respectivamente.

"El Parlament podía aprobar una declaración -añade- porque expresa una voluntad política amparada en el principio democrático, totalmente coherente con el apoyo electoral recibido de los ciudadanos, y porque la expresión de una voluntad política no tiene por qué coincidir con el marco constitucional vigente, si se hace mediante un instrumento que no tiene poder ni efectos para producir una vulneración constitucional".

También subraya: "El hecho de que, en todo el período de funcionamiento de la justicia constitucional, sea la primera vez que se produce la impugnación de una resolución parlamentaria de esta naturaleza, corrobora esta conclusión y pone en relieve el carácter anómalo y también dice mucho sobre la verdadera intencionalidad que se esconde detrás de la impugnación".

Los letrados del Parlament advierten, en este punto, de que el abogado del Estado "busca en su escrito crear confusión y plantea conclusiones erróneas con planteamientos que significan una perversión grave del sistema democrático y del pluralismo político".

"Aceptar sus planteamientos representaría impedir que, en el ámbito parlamentario, se pueda desarrollar un debate y se puedan expresar voluntades fruto de las mayorías existentes", agrega.