El juez admite la querella por las preferentes de Bankia, pero no actúa contra Ordóñez y Segura
- Investigará a directivos de Caja Madrid, Bancaja y Bankia por las preferentes
- Actuará y verá el diseño implantación, emisión, comercialización del producto
- El juez Andreu ha actuado en contra del criterio del fiscal, que no veía delito
- Esta decisión podría llevar a admitir a trámite todas las querellas particulares
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha admitido a trámite la querella que interpuso UPyD por la comercialización de preferentes de Bankia, por lo que investigará el diseño implantación, emisión, comercialización y gestión de las participaciones preferentes, pero ha rechazado actuar contra el exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez y el expresidente de la CNMV Julio Segura.
Según especifica en un auto hecho público este lunes, el magistrado investigará por delitos de estafa, estafa de inversores, apropiación indebida, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas a los responsables de los folletos de las emisiones de participaciones preferentes de Caja Madrid Finance Preferred S.A., Carlos Stilianopoulus; de Caja Madrid, Fernando Cuesta y Carlos Contreras; de Bancaja Eurocapital Finance, Aurelio Izquierdo; y de Bancaja, José Fernando García.
Andreu explica que los delitos mencionados son competencia de la Audiencia Nacional. Recuerda que el proceso se encuentra en la fase inicial de la investigación y que "de verificarse en fase de instrucción indicios racionales sobre la comisión de los hechos que son objeto de denuncia, no puede descartarse su relevancia penal y aún menos sin haberse efectuado un mínimo de actividad de instrucción sumarial".
De esta forma, Andreu ha actuado en contra del criterio del fiscal, que informó de que la comercialización de preferentes no constituyó delito, ya que ni hubo intención de engañar a los inversores ni "un plan diseñado y preconcebido" por parte de las entidades bancarias para alterar el precio de estos títulos.
El magistrado ha respondido que no se trata de dirimir si las preferentes fueron un producto legal, sino "si en su comercialización y negociación se ocultó la verdadera situación" de las entidades "y el verdadero riesgo" que suponían para los inversores.
Sobre éstos, el magistrado dice a los perjudicados que no tienen la obligación de acudir a la vía penal, ya que les queda también la civil y la arbitral, pero con ella se les ha abierto otra más a la satisfacción de sus derechos, "sin cegarse aquellas que ya están en su mano".
No descarta que sea un hecho ilícito penal o civil
El magistrado indica que comparte con el Ministerio Fiscal que "la delgada línea que puede separar en este tipo de hechos el ilícito penal del civil" pero precisa que "no es en absoluto descartable la existencia del primero".
Asegura que la tutela judicial ampara a quien acude a los tribunales a fin de que se investigue si en el diseño implantación, emisión, comercialización y gestión de estos productos financieros pudiera haberse incurrido en delito. Así, entiende que debe romperse el mito de acudir preferentemente a la vía penal cuando se puede obtener respuesta más eficaz ante la vía civil y contenciosa.
No obstante, precisa que este criterio basado únicamente en la eficacia y rapidez "lo es solo en lo que se refiere a la reparación indemnizatoria y no puede servir de excusa para crear espacios de impunidad si es que se ha cometido algún ilícito penal".
También subraya que las "malas prácticas" denunciadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) deben ser investigadas en sede judicial, ya que advirtió de la "necesidad de captar compradores", de "una deliberada falta de información" y de "un claro conflicto de intereses" entre los clientes y entre éstos y la entidad y que se resolvió a favor de la última.
Y recuerda que la sección tercera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional dictó recientemente un auto en el que le obligaba a ampliar el caso Bankia a la venta de preferentes.
Sin embargo, Andreu cree que "no procede" admitirla contra Fernández Ordóñez y Segura, al no haberse configurado "ni siquiera de forma indiciaria su participación" en los hechos y cree que el propio escrito de la querella advierte y enumera "los informes, advertencias y recomendaciones" que los dos supervisores fueron realizando sobre las preferentes.
Unión, Progreso y Democracia (UPyD) ha anunciado este lunes que recurrirá en reforma y apelación la decisión del juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu de excluir al exgobernador del Banco de España Miguel Angel Fernández Ordóñez y al expresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Julio Segura de la investigación sobre el diseño y lanzamiento de las participaciones preferentes.
La Fiscalía Anticorrupción no ve delito
Andreu ha adoptado esta decisión después de que la Fiscalía Anticorrupción le informara el pasado 31 de mayo que el lanzamiento y la venta de preferentes no constituye delito ni se puede determinar que hubiera "un plan preconcebido" para su gestión y diseño.
"Nos encontramos con un producto que en sí mismo no puede considerarse fraudulento y que, a la fecha de su comercialización, se encontraba autorizado y regulado por la CNMV", señalaba el Ministerio Fiscal en cuatro escritos presentados al juez.
Sin embargo, un día antes, el 30 de mayo, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenaba al juez instructor del caso Bankia, Fernando Andreu, que extienda la causa que investiga la salida a Bolsa de la entidad para incluir también en ella el fraude a clientes particulares que adquieron preferentes al considerar que "es inseparable del posterior súbito deterioro patrimonial" de la entidad.
Esta decisión de la Sección Tercera obligaría por extensión a Andreu a admitir a trámite todas aquellas querellas de particulares afectados por la compra de este producto bancarios. Esto conllevaría el riesgo de convertir la investigación en un macroproceso de difícil y dilatada resolución.