El Colegio de Médicos concluye que el cáncer de Bolinaga se podía haber tratado en la cárcel
- Bolinaga cumplía condena por el secuestro de Ortega Lara
- Dice el informe que solo requiere de traslados eventuales al hospital
- Se le concedió la libertad atendiendo a otros informes médicos
El Colegio de Médicos de Madrid ha concluido que el tratamiento del cáncer del preso etarra Iosu Uribetxebarria Bolinaga "no parece que sea imposible de realizar en un centro penitenciario con traslados eventuales al hospital, de la misma manera que si el paciente estuviera en su domicilio".
Tras serle concedida la libertad condicional, Bolinaga, condenado entre otros delitos por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, salió el 23 de octubre del Hospital Donostia, donde permanecía ingresado desde el 1 de agosto.
El pleno de la Junta Directiva del Colegio de Médicos -compuesto por trece profesionales- ha emitido este dictamen en un acuerdo en el que archiva la denuncia de la asociación de apoyo a los presos de ETA Jaiki Hadi contra la médico forense de la Audiencia Nacional Carmen Baena por el informe en el que sostenía que el cáncer de Bolinaga podía tratarse en prisión.
Se le concedió la libertad atendiendo a otros informes médicos
La Fiscalía se basó en ese informe para oponerse a la libertad condicional de Bolinaga, que finalmente le fue otorgada el pasado 30 de agosto por el juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, atendiendo a otros informes médicos que descartaban que su cáncer renal pudiera tratarse en la cárcel.
"El tratamiento habitual en la situación clínica del paciente es el prescrito en el hospital y reconocido por la forense, radiocirugía (o a veces cirugía) sobre las dos metástasis", explica el Colegio de Médicos, que añade que para ello el paciente "no permanece ingresado en el hospital durante toda la duración del tratamiento, sino que permanece en su domicilio y es ingresado puntualmente para los distintos actos terapéuticos".
La denuncia contra Baena fue interpuesta el pasado 20 de noviembre "por actuar en contra del Código Deontológico al realizar un informe subjetivo, tendencioso y que falta a la verdad, ya que antepone criterios penales a los médicos con respecto a un paciente (...) que padece un carcinoma renal de células claras con dos metástasis cerebrales de reciente diagnóstico".
Sin embargo, el Colegio de Médicos defiende que el informe forense de Baena "se ajusta adecuadamente a la práctica médica; y no es el médico forense el que debe dictaminar si el paciente debe ser puesto en libertad o no, sino informar sobre su situación médica".
Jaiki Hadi cuestionaba también la valoración hecha por la forense del Índice Karnofsky del paciente (que mide la capacidad física del enfermo de cáncer) y que ella fijó en un 80-90 cuando, según esta asociación, debía haberse establecido en un 70-80, lo que le llevó a estimar su esperanza de vida en 12 meses frente a los 7,4 que calcularon otros peritos.