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Las CC.AA. tendrán que certificar en qué gastan el dinero que reciben para dependencia

  • Tendrán que presentar un certficado por escrito cada mes y año tras año
  • Para evitar irregularidades como la existencia de beneficiarios fallecidos
  • Las medidas se incluyen en una orden del Ministerio de Sanidad

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Las comunidades autónomas tendrán que certificar por escrito periódicamente en qué gastan el dinero que reciben del  Estado para la aplicación de la Ley de Dependencia. Es una de las medidas que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e  Igualdad reúne en una orden que será sometida  a consideración del Consejo Territorial de Dependencia el 2 de julio.

El texto también recoge la creación de un nuevo sistema de información del Sistema  de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SISAAD) y establece  que un cargo autonómico no inferior al rango de director general  deberá presentar todos los meses un escrito dando fe de la veracidad  de los datos de su comunidad sobre altas y bajas de beneficiarios y  prestaciones y servicios.

Los cambios en el sistema de ayudas a la dependencia se justifican, según el borrador de la orden por la  necesidad de mejorar en "eficiencia", así como en "calidad y  transparencia", ya que las comunidades reciben dinero en función de  la población atendida.

El Tribunal de  Cuentas había detectado en una revisión de los datos del sistema la  existencia de 12.000 expedientes con irregularidades, en  muchos casos, por beneficiarios ya fallecidos que aún figuraban de  alta.

Certificado mensual y anual

Ahora, "con el fin de avanzar en la transparencia y conocer el  coste total" del sistema, las comunidades "expediran anualmente un  certificado que reflejarán la aplicación de los créditos procedentes  de los Presupuestos Generales del Estado para la financiación del  mismo, y la aportación de la comunidad autónoma a esta finalidad",  conforme establece la orden.

"El titular del órgano competente de las comunidades autónomas,  con rango al menos de Director general, expedirá anualmente y antes  del 30 de abril, certificación con el visto bueno y conforme del  representante de la intervención de la comunidad autónoma para los  datos económicos y presupuestarios", concreta el documento.

Además, "el dia 25 de cada mes" tendrán que remitir al IMSERSO un  formulario --con un modelo único en todo el territorio--cumplimentado  y firmado por un director general o cargo superior en el que dé  cuenta de las altas y bajas que se han cursado en el sistema y las  variaciones que hayan podido producirse en los datos facilitados por  su comunidad autónoma durante el mes anterior.

"Esta certificación servirá para la liquidación mensual del nivel  mínimo, así como para la acreditación de la veracidad de los datos  incorporados en el Sistema de Información", explica el texto, que  concreta la obligación de que incluya también datos de resoluciones  de reconocimiento de la situación de dependencia, prestación y  efectividad del derecho, así como las modificaciones relativas a las  revisiones de grado y de la prestación reconocida y los traslados".

En cuanto a la nueva regulación en sí del SISAAD, la orden  ministerial recoge varias novedades como la creación en el IMSERSO de  un sistema informático para la introducción de información desde  todas las comunidades autónomas, en el que se constituirá una base de  datos de carácter personal a la que éstas accederán con un perfil de  usuario.

Información sobre el usuario

No obstante, contempla la posibilidad de que haya comunidades "que  decidan mantener sus propios sistemas de información", aunque las  obliga a suscribir "convenios de colaboración con el IMSERSO como  instrumento regulador que garantice la transparencia, integridad e  interopoerabilidad" de todos los sistemas dentro del paraguas único  del SISAAD.

Asimismo, se introducen novedades en cuanto a la información, que  se ve ampliada, pues ahora, además de cuestiones como género, edad y  grado de dependencia, figurarán también características del usuario  como discapacidad reconocida o enfermedades raras de haberlas y  variables socioeconómicas como la condición de emigrante español  retornado, junto a una descripción completa del perfil de su  cuidador.

"Los datos serán recogidos por el personal designado por la  Administración a tales efectos y entre los que se encontrarán los  valoradores, trabajadores sociales y sus órganos supervisores, la  información será proporcionada por el propio interesado o su  representante legal mediante su presentación en las diferentes  Administraciones Públicas y registros públicos involucrados en la  gestión del Sistema, establece la orden.

A su vez, los empleados públicos podrán recabar información  directamente del interesado en su hogar u otras localizaciones  diferentes al mismo como residencias u otros centros de prestación de  servicios, conforme puntualiza el texto.