Los extranjeros 'sin papeles' pagarán de 60 a 137 euros al mes para acceder a la sanidad
- Incluye a los que no tengan condición de asegurados ni de beneficiarios
- 60 euros al mes hasta los 65 años y de 157 para los mayores de esta edad
- La medida refuerza la vigilancia de los nuevos medicamentos
Los extranjeros y rentistas españoles que no tengan tarjeta sanitaria, deberán abonar entre 60 y 137 euros al mes, para poder acceder a las prestaciones sanitarias de la cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud.
Estas medidas se han aprobado este viernes en el Consejo de Ministros. El Real Decreto establece los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria para personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del sistema sanitario.
Según ha informado el Ministerio de Sanidad, los convenios podrán ser suscritos por españoles que no trabajen y que, sin embargo, tengan ingresos superiores a los 100.000 euros al año, que son los denominados rentistas y por europeos que quieran ser atendidos por el sistema sanitario público español.
También podrán firmarlos los ciudadanos de terceros países que durante su estancia en España quieran recibir asistencia sanitaria.
60 euros al mes hasta los 65 años
El convenio dará acceso a las prestaciones de la cartera básica de servicios por el período de tiempo determinado en el mismo. La contraprestación económica a abonar será de 60 euros mensuales hasta los 65 años y de 157 euros para los mayores de esa edad.
El Real Decreto, además, establece el sistema de identificación clínica de los casos especiales, con garantía de asistencia sanitaria pública en el Sistema Nacional de Salud, como las víctimas de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual o los solicitantes de asilo.
Con estas medidas, se completa así el paquete normativo iniciado con el Real Decreto que regula la condición de asegurado, aprobado en agosto de 2012, y que hace efectiva la universalidad de la asistencia sanitaria pública para todos los españoles.
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Real Decreto que regula la Farmacovigilancia de los medicamentos de Uso Humano, con el que se adapta a la legislación española una directiva comunitaria que tiene por objeto incrementar las garantías de seguridad en el uso de los medicamentos.
Se refuerza la comunicación de los riesgos de medicamentos
Se refuerza la cooperación entre países de la UE en la evaluación y comunicación de los riesgos de los medicamentos a través del nuevo Comité Europeo para la Evaluación de Riesgos.
Con esta norma se posibilita la participación de los ciudadanos en la notificación directa de sospechas de reacciones adversas a medicamentos, a través del Sistema Español de Farmacovigilancia. Además, se refuerza la vigilancia de los nuevos medicamentos y de aquellos en los que se identifique un potencial problema de seguridad. Estos fármacos llevarán un distintivo, un triángulo invertido y estarán en un listado público.
Además, se potencian las funciones de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las obligaciones para la industria farmacéutica encaminadas a evaluar de forma continuada la relación entre los riesgos y los beneficios de los medicamentos.