La juez prohíbe a Diego Torres difundir correos electrónicos íntimos de Urdangarin y su familia
- Le prohíbe difundir de cualquier modo el contenido de los mails que tenga
- La juez levanta la prohibición para los medios denunciados por Urdangarin
La juez ha prohibido al exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, que revele el contenido de los mensajes de correo electrónicos íntimos que tenga sobre la vida íntima del duque de Palma o de su familia, informa Efe.
La resolución judicial de la titular del Juzgado de Primera Instancia 46 de Barcelona, María del Remei Vergés Cort, prohíbe a Diego Torres Pérez que "descubra, revele, publique, difunda y divulgue en cualquier modo y por cualquier medio el contenido de los mensajes de correo electrónico que estén en su poder" relacionados con el marido de la infanta Cristina y yerno del rey.
Sin embargo, la magistrada ha levantado la prohibición a los medios de comunicación de difundir los correos electrónicos por los que el duque de Palma interpuso una demanda por vulneración de sus derecho a la intimidad.
En un auto, la juez Maria del Remei Vergés ha resuelto así confirmar la medida cautelar que ella misma impuso el pasado abril a Diego Torres, a petición de Urdangarin, a raíz de la demanda por vulneración del derecho a la intimidad que el duque presentó contra su exsocio y siete medios de comunicación.
Inicialmente, la medida cautelar afectaba no solo a Diego Torres, sino también a los grupos editoriales contra los que el marido de la infanta Cristina dirigía su demanda, pero la jueza ha acordado ahora levantar la prohibición a los medios al considerar que resultaría una decisión "incierta e ineficaz", dado que ni siquiera hay constancia de que estén en posesión de los correos íntimos.
Para resolver sobre las medidas cautelares, la juez convocó hace quince días una vista para escuchar los argumentos de las partes, en la que Torres, que compareció como testigo, aseguró que nunca había remitido correos a los medios, ni concedido entrevistas ni efectuado declaraciones sobre los mismos y que, además, actualmente no tiene ningún correo de Urdangarin.
La juez cree que Torres dispone de "correos controvertidos"
Sin embargo, para la juez, "es un hecho indubitado que Diego Torres dispone de los correos controvertidos", ya que parte de ellos han sido aportados por él mismo a la causa que instruye el juez José Castro por el desvío de fondos del Instituto Nóos que dirigía junto a Iñaki Urdangarin.
Además, la juez recuerda que tanto el yerno del rey como Torres declararon que en el Instituto Nóos se efectuaban semanalmente "backups" (copias de seguridad) de los ordenadores.
En opinión de la magistrada, "ha quedado acreditado y es notorio", por lo que ha acontecido en la instrucción de Nóos, que Torres puede acceder a los correos del duque, por lo que acuerda mantenerle la medida cautelar "en prevención de que pudiera decidir filtrarlos a cualquier medio de comunicación y con ello frustrar la protección a la intimidad" que el duque de Palma solicita.
Por ese motivo, el auto prohíbe al que fuera socio de Urdangarin en Nóos descubrir, revelar, difundir o divulgar por cualquier medio el contenido de los mensajes que hagan referencia a la vida íntima del duque de Palma o de su familia, así como hacer declaraciones, comentarios, opiniones o juicios de valor sobre los mismos, "en aras a preservar el derecho a la intimidad del demandante".
Respecto a los medios de comunicación demandados, la juez cree que no está acreditado "en modo alguno que estuvieran en posesión de los 'mails' ni que fueran a publicarlos en breve".
Además, razona la magistrada, "no hay justificación para legitimar que unos medios de comunicación vean limitado su derecho a la información y otros medios no, cuando previa a la interposición de la demanda otros medios publicaron noticias similares a las publicadas por los demandados y no se han visto perjudicados".
En su demanda, el duque de Palma pide un euro de indemnización a su exsocio Diego Torres y a cada uno de los grupos editoriales a los que ha demandado por vulneración del derecho al honor por haber difundido correos electrónicos que afectan a su intimidad.