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Acuerdo del Gobierno y agentes sociales para las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial

  • A los 15 años de cotización se aplicará un 50% sobre la base reguladora
  • Se subirá por cada mes adicional hasta llegar al 100% a los 35 años y 6 meses

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El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, y el secretario confederal de Protección Social y Políticas Públicas de CC.OO., Carlos Bravo
El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, y el secretario confederal de Protección Social y Políticas Públicas de CC.OO., Carlos Bravo

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la patronal y los sindicatos han acordado una nueva regulación de las prestaciones sociales de los trabajadores a tiempo parcial que incluye el derecho a los complementos mínimos y que para calcular la cuantía de la pensión se multipliquen los años cotizados por 1,5.

El acuerdo, al que ha tenido acceso Efe, corrige el modelo actual para acreditar los períodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial para acceder a las diferentes prestaciones del sistema, conforme a las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Constitucional.

Según el alto tribunal, siendo mayoritaria la presencia de mujeres en el trabajo a tiempo parcial, la diferencia de trato que venía produciéndose para el acceso a las prestaciones contributivas de la Seguridad Social constituía una "vulneración directa" del principio de igualdad de trato.

A partir de ahora, el período mínimo de cotización exigido para causar derecho a una pensión será el exigido con carácter general (quince años), reducido en proporción a la parcialidad acreditada por el trabajador a lo largo de toda la vida laboral.

Así, a los quince años de cotización a tiempo parcial se aplicará un 50% sobre la base reguladora, que se irá elevando por cada mes cotizado adicional hasta llegar al 100% a los 35 años y seis meses.

Para los trabajadores que se jubilen con periodos de cotización inferiores a quince años el porcentaje aplicable para determinar la cuantía de la prestación será proporcional y equivalente al porcentaje que represente el período cotizado sobre quince años.

Se garantiza un complemento hasta alcanzar la cuantía mínima

En cuanto al acceso a las pensiones, se garantiza un complemento hasta alcanzar la cuantía mínima, si bien este complemento nunca podrá superar la cuantía de la pensión no contributiva.

Además, en el supuesto de subsidios por incapacidad temporal por enfermedad común y maternidad, el coeficiente global de parcialidad que servirá para reducir el período mínimo exigido se calculará sobre los cinco o siete últimos años respectivamente.

En todo caso, por el principio de contributividad y proporcionalidad entre las aportaciones realizadas y las prestaciones a percibir, los trabajadores a jornada completa y a tiempo parcial tendrán prestaciones de cuantía adecuada en cada caso al esfuerzo contributivo realizado.

En un comunicado conjunto, el Gobierno y los interlocutores sociales han considerado que el acuerdo alcanzado "da cumplida respuesta a las expectativas de protección social de un colectivo de trabajadores cuya presencia en el mercado laboral va adquiriendo notoria relevancia".

Consideran que ahora se impone la aprobación "urgente" de un nuevo marco legislativo que dé cobertura legal a la actuación de la administración pública, algo que podría producirse en el Consejo de Ministros del próximo viernes.

El acuerdo ha sido alcanzado por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el secretario confederal de Protección Social y Políticas Públicas de CC.OO., Carlos Bravo, la secretaria de Política Social de UGT, Carmen López, la jefe de área de Seguridad Social de la CEOE, Marina Gordón, y su homólogo en CEPYME, José Ignacio Torres.