Unicaja, condenada a anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas y a devolver lo cobrado de más
- Un juzgado de Málaga obliga a anular las cláusulas con efecto retroactivo
- La entidad andaluza tendrá que devolver más de 225.000 euros, según Adicae
- El fallo no es firme y puede ser recurrido por la entidad bancaria
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha anulado la cláusula suelo y ha condenado a la entidad a devolver a los afectados lo cobrado por este concepto, que asciende a 18.844,39 euros, a lo que hay que sumar las cantidades mensuales que se vayan devengando y los intereses.
Según cálculos de Adicae, cuyos servicios jurídicos han tramitado la demanda colectiva, la cifra total ascendería a 225.000 euros. El fallo, que aún no es firme y que puede ser recurrido por Unicaja, afecta a un total de 39 personas.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, estudia la cláusula suelo insertada en los distintos contratos de préstamo con garantía hipotecaria a interés variable otorgados por las partes en escritura pública en distintas fechas comprendidas entre 2005 y 2011.
La Sala recuerda que para que una cláusula tenga condición de abusiva debe cumplir varios requisitos: que no se haya negociado, que sea contraria a la buena fe y que cause un desequilibrio en los derechos y obligaciones derivados del contrato.
No se les advirtió "expresamente"
Según la sentencia, en este caso concreto no se puede concluir que la cláusula haya sido negociada individualmente por la entidad bancaria con cada uno de sus clientes. También señala que no se ha contado con ningún folleto inicial en el que se especificara con claridad las condiciones financieras del préstamo.
“No consta que la entidad facilitara una adecuada comprensión del contenido íntegro del contrato“
"Tampoco consta que la entidad prestamista demandada facilitara a los actores una perfecta comprensión de las implicaciones financieras del contrato de préstamo hipotecario que finalmente contrataron, ni una adecuada comprensión del contenido íntegro del contrato", destaca la resolución jurídica.
Además, señala que no consta que el notario informara a los demandantes de la existencia de esta cláusula en sus contratos ni les advirtiera "expresamente" del significado de aquellas cláusulas que, "por su propia naturaleza, pudieran pasarle inadvertidas".
Por ello, concluye que "como consecuencia del desequilibrio que el demandado produce al incluir esta cláusula en el contrato de préstamo, se evidencia que su actuación es contraria a la buena fe, puesto que el desequilibrio causado en perjuicio del consumidor no queda justificado".
Unicaja estudia recurrir el fallo
Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Además, han señalado que Unicaja ha pedido una aclaración de la misma, de manera que dependiendo de la respuesta del juzgado, la entidad estudiará la presentación del recurso.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros (Adicae) asegura que Unicaja deberá devolver más de 30.000 euros a algunos afectados. En una nota de prensa, Adicae señala que Unicaja Banco pretendía oponerse a la demanda alegando que estas cláusulas no constituyen una condición general de la contratación que pueda considerarse abusiva, afirmando que fueron negociadas individualmente con cada uno de los hipotecados.
El Tribunal Supremo declaró el pasado día 9 de mayo la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas en los casos de "falta de transparencia" a los consumidores. El pasado miércoles, el Alto Tribunal aclaraba cuándo consideraba que existía esa opacidad. El fallo, que no es retroactivo, afecta directamente a BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco, que ya han anunciado la supresión de todas las cláusulas suelo de sus hipotecas. Pero la sentencia no obliga al resto de entidades. Deben ser los afectados los que reclamen.