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Banco Castilla-La Mancha, condenado a anular 27 cláusulas suelo y a devolver lo cobrado de más

  • El fallo apunta que si una cláusula suelo es nula lo es desde su inicio

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La Audiencia Provincial de Cuenca ha ratificado en su totalidad una sentencia dictada en primera instancia en la que se condena a Banco de Castilla-La Mancha a anular y devolver el dinero cobrado de más por 27 cláusulas suelo.

En el fallo se analiza la decisión del Tribunal Supremo de condenar a BBVA, Novagalicia Banco y CajaMar a eliminar sus cláusulas suelo desde el 9 de mayo, pero no con efecto retroactivo. La sentencia apunta que si una cláusula suelo es nula lo es desde su inicio, motivo por el que la entidad debe devolver el dinero cobrado de más desde que se formalizó el préstamo hipotecario, añadiéndole el interés legal del dinero.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Servimedia, se explica que las cláusulas fueron redactadas unilateralmente por la entidad "antes de la fase de celebración del contrato, con total ausencia de negociación individual, y finalmente, fueron impuestas por la entidad bancaria, lo que supone la exclusión del principio de autonomía de la voluntad en la determinación del contenido del contrato".

En la sentencia del Juzgado de Primera Instancia y de lo Mercantil número 2 de Cuenca, ratificada por la Audiencia Provincial, se declara la nulidad de la cláusula suelo de los 27 préstamos por ser "abusiva". Según ha informado la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), los afectados incluidos en esta sentencia tenían cláusulas suelo de entre el 2,95% y el 4,5%, con un tipo máximo siempre del 11%.

Solo existía un contrato en el que el afectado negoció una rebaja de la cláusula suelo, consiguiéndola, pero también se ha procedido a su eliminación ya que la nulidad de la cláusula del primer contrato convierte automáticamente en nula la del segundo contrato firmado por este afectado, agrega Adicae.