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Desestiman la petición de la Fiscalía de reabrir el caso del accidente de metro de Valencia

  • La juez de instrucción considera que no se aportan argumentos novedosos
  • Las víctimas del accidente consideran nula la decisión de la juez

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El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia ha desestimado la petición de la Fiscalía de reabrir el caso del accidente del Metro de Valencia del 3 de julio de 2006, en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, por no cumplir con los requisitos legales [consulte el auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en .pdf].

En concreto, la juez cree que la Fiscalía no ha aportado ningún argumento novedoso para reabrir la causa por el accidente de Metrovalencia, como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

La misma titular del Juzgado de Instrucción número 21, había archivado la causa en febrero de 2008 al entender que la responsabilidad penal había quedado extinguida con el fallecimiento del conductor del convoy accidentado, decisión que fue ratificada dos meses después por la Audiencia Provincial.

Sin embargo, la Fiscalía de Valencia entendía que existían "hechos y datos nuevos que en su momento no se valoraron y que pudieron afectar al estado de la unidad siniestrada".

La titular del juzgado recoge las diligencias que se practicaron, los informes periciales y repasa los tres elementos planteados como novedosos por la Fiscalía: un documento del 15 de septiembre del 2005 firmado por el Director Adjunto de Explotación, la existencia de descarrilamientos previos al del accidente y la no valoración de los resultados arrojados por el sistema de frenado FAP.

Ninguno de los tres argumentos sirven para la reapertura del caso

En opinión de la jueza, ninguno de los tres argumentos justifica la reapertura del proceso, y por ello subraya el planteamiento "insólito" del Ministerio Fiscal hecho público el pasado mes de julio, que a su juicio "lo sabe".

En referencia a la supuesta omisión de los resultados del FAP la jueza indica que "evidentemente" la lectura de los registros de este equipo fue "uno de los primeros datos que se incorporó a la causa, apareciendo unido al informe de la Policía".

"Resulta contrario a la lógica pensar que dicha documentación no fue valorada por el perito si él mismo la ha incorporado a su informe. Cuestión distinta es que entendiese que la misma no tenía trascendencia y que por ello no hiciese mención expresa", según consta en el auto.

Sobre los descarrilamientos anteriores al accidente, explica que fueron puestos de manifiesto por "algunas representaciones procesales" en recursos contra el archivo del procedimiento y posteriormente en recursos de apelación ante la Audiencia Provincial.

Asimismo, argumenta que "las referencias a esos descarrilamientos no fueron valoradas como indicio relevante de fallo técnico" ni por ella misma, ni por la Audiencia Provincial "ni por el propio Ministerio Fiscal". En consecuencia, se indica que "no podrán justificar la reapertura del procedimiento al no encontrarnos ante un hecho novedoso".

La causa del accidente fue "la velocidad inadecuada"

Uno a uno, entiende que no aportan argumentos nuevos y concluye en su razonamiento que "no cabe (...) la menor duda de que el accidente tuvo por causa la velocidad inadecuada con la que el tren entró en la curva, con independencia del estado del convoy, pues atendiendo a las conclusiones de ambos estudios dinámicos, un tren nuevo, salido de fábrica, volcaría también" y termina disponiendo que "no ha lugar a acordar la reapertura" del procedimiento.

Sobre el referido informe de 2005 del director adjunto de Explotación, "único dato verdaderamente novedoso", según la juez, indica que "la existencia de dicho documento, de tipo genérico, es insuficiente y no puede justificar la reapertura del procedimiento, y dicho extremo el Ministerio Fiscal lo sabe".

Contra esta resolución cabe recurso de reforma ante este mismo juzgado, que deberá ser interpuesto en el plazo de tres días, o en su caso de apelación ante la Audiencia Provincial en cinco días.

Las víctimas denuncian no haber visto las diligencias de Fiscalía

La Asociación de Víctimas del Metro 3 de Julio (AVM3J) considera "nulo" que la jueza rechace reabrir la investigación sin haberle trasladado las diligencias que habían solicitado sobre las nuevas acciones demandadas por la Fiscalía, según ha declarado a Efe la presidenta de la asociación, Beatriz Garrote.

"Entendemos que es nulo que la juezca cierre la investigación sin dar traslado a todas las partes, especialmente a nostros, que lo habíamos solicitado explícitamente, de cuáles eran las acciones demandadas por Fiscalía", ha afirmado Garrote. Además, ha asegurado que la decisión les ha "pillado muy de sorpresa".

Según ha apuntado Garrote están "convencidos de que la instrucción de Valencia no fue correcta" y van a "hacer todo lo posible para que se reabra". También, ha asegurado que están "preparados para ir superando los obstáculos conforme se vayan presentando".