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Las CC.AA. podrían ver retenidos los recursos que les da Estado si no pagan las facturas a tiempo

  • También podría ocurrirle lo mismo a las corporaciones locales
  • Si la media de pago es superior a 60 días durante dos meses seguidos
  • Este tiempo es el doble del plazo legal de pago, que es de 30 días
  • Se obliga a todas las administraciones a publicar su período medio de pagos

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Imágenes de varias facturas
Imágenes de varias facturas.

El Consejo de Ministros ha remitido este viernes al Congreso el proyecto de  Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público  para su tramitación por procedimiento de urgencia, que contempla la  posibilidad de que las administraciones y organismos dependientes -comunidades autónomas y corporaciones locales- puedan ver retenidos los recursos que reciben del Estado si su  periodo medio de pago a los proveedores supera los 30 días máximos  que fija la ley de morosidad.

Las administraciones públicas, que tendrán que publicar el  período medio de sus pagos, dispondrán de un Plan de Tesorería que  garantice que éstos se producen en un plazo no superior a 30 días.  Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas  hará un seguimiento del cumplimiento de estos periodos.

El incumplimiento del período medio de pago pondrá en marcha un  sistema automático y progresivo de medidas de control. Si el período  medio de pago supera los 30 días, deberá incluir en la actualización  de su Plan de Tesorería inmediatamente posterior el importe de los  recursos que va a dedicar mensualmente al pago de proveedores para  reducir la mora a 30 días, así como el compromiso de adoptar medidas  para generar la tesorería necesaria para cumplir con el plazo legal.

Sistema automático de control

Cuando el período medio de pago de las Comunidades Autónomas supere en más de 30 días el plazo legal (es decir 60 días) durante dos meses consecutivos desde la actualización de su plan de tesorería, se pondrán en marcha las siguientes medidas automáticas de:

  • Prevención: El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas comunicará el importe que mensualmente deberá dedicar a pagar proveedores, así como las medidas cuantificadas a adoptar para generar la tesorería necesaria para reducir los plazos de pago.
  • Corrección: La comunidad autónoma adoptará un acuerdo de no disponibilidad por la misma cuantía. Todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo precisarán de autorización del Estado y la comunidad deberá incluir nuevas medidas en su plan de tesorería para cumplir el plazo máximo de pago de 30 días.

Si estas medidas no consiguen reconducir su período medio de pago en dos meses, el Ministerio de Hacienda iniciará el procedimiento de retención de los importes a satisfacer por los recursos de los regímenes de financiación y pagará directamente a los proveedores de las Comunidades Autónomas.

  • Coercitivas: Las previstas en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dejarán de aplicarse cuando la Comunidad Autónoma cumpla durante seis meses consecutivos con el plazo de pago a treinta días.

A partir de la aplicación de las medidas de corrección anteriores, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá determinar el acceso obligatorio de las Comunidades Autónomas en los mecanismos adicionales de financiación vigentes.

Para las Entidades Locales que superen el plazo legal de pago en más de dos meses (sesenta días), y pertenezcan al modelo de cesión de tributos, se establecerán medidas de reducción de gasto o incremento de ingresos destinadas a reducir el período de pago.

Erradicar la morosidad comercial

La ley forma parte de un plan integral de erradicación de la morosidad en el Sector Público. Simultáneamente, se ha puesto en marcha una última fase del mecanismo de pago a proveedores para eliminar el stock de deuda comercial acumulada y poner así a cero el contador de facturas pendientes y que las Administraciones puedan cumplir con la ley y las nuevas reformas estructurales que se han puesto en marcha para erradicar la morosidad.

El Plan para erradicar la morosidad contiene un conjunto de reformas coyunturales y estructurales que contribuirá al mejor cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, ya que el incremento del período medio de pago a proveedores se traducía en un aumento de la deuda comercial que ponía en riesgo la sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas, así como evitará que haya lo que se ha denominado facturas ocultas en los cajones, señala el Gobierno en la reseña del Consejo de Ministros.