El Supremo confirma la pena de 5 años y medio de prisión para Munar por el 'caso Maquillaje'
- No podrá salir de prisión antes de cumplir la condena
- Pesan sobre ella dos condenas que suman 11,5 años en total
- Está pendiente aún del recurso por el caso Can Domenge
- Lee la sentencia completa del Tribunal Supremo (.pdf)
El Tribunal Supremo ha confirmado este martes la condena de cinco años y medio de prisión y seis de inhabilitación a la expresidenta del Consell de Mallorca y de Unió Mallorquina, María Antonia Munar, por corrupción en el llamado caso Maquillaje centrado en un desvío de 240.000 euros públicos a una empresa que controlaba a través de testaferros.
Munar, que también fue presidenta del Parlamento balear, pierde así cualquier perspectiva de salir en libertad antes de cumplir, al menos, esta pena mientras espera a que el alto tribunal resuelva también su recurso sobre su segunda sentencia condenatoria por el caso Can Domenge, por el que le cayeron otros seis años de prisión el pasado mes de julio.
La Audiencia de Palma decretó entonces su ingreso inmediato en prisión provisional (hasta entonces estaba en libertad) por un "elevado" riesgo de fuga tras dos condenas de corrupción que sumaban en total 11,5 años de prisión.
Este martes, el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de julio de 2012 de la Audiencia Provincial por el caso Maquillaje por malversación continuada, prevaricación, fraude a la administración y falsedad en documento oficial, aunque la absuelve del delito de negociaciones prohibidas a funcionarios por el que había sido condenada a pagar una multa de 54.000 euros.
El alto tribunal también ha confirmado la pena de dos años y siete meses de prisión para el exvicepresidente del Consell de Mallorca Miquel Nadal al que, no obstante, también ha absuelto de negociaciones prohibidas.
Subvenciones irregulares a una productora
La sentencia de la Audiencia Provincial de Palma consideró culpable a Munar y a otras seis personas de conceder desde el Consell de Mallorca dos subvenciones irregulares de 120.000 euros en 2004 y 2005 a la productora Vídeo U, la mitad de la cual había sido adquirida poco tiempo antes por Munar y por Nadal mediante dos testaferros.
Hubo una "trama establecida alrededor de dos personas, la presidenta y el vicepresidente del Consell, que toman parte del accionariado de una empresa y que seguidamente consiguen que esta reciba subvenciones de varios millones de euros", dice el Supremo.
El Supremo considera que el razonamiento de la condena recurrida es lógico y válido para llegar a la conclusión de que ambos tomaron decisiones arbitrarias sobre las subvenciones, todo ello con intención de beneficiarse indirectamente de las mismas.
Por su parte, la exdirectora de Comunicación del Consell de Mallorca, Margarita Sotomayor, deberá cumplir cinco años de cárcel según confirma el Supremo. El tribunal no cree a Sotomayor cuando arguye que delante suyo se cometieron delitos sin que "se enterara". Por el contrario, la considera "parte esencial de los fraudes cometidos contra el Consell".
Nadal confesó los hechos
La pena carcelaria más baja de Nadal responde a la aplicación de la atenuante de confesión, ya que reconoció en el juicio que había comprado junto con Munar y mediante testaferros la productora regada luego con dinero público, algo que la expresidenta del Consell no admitió.
Sin embargo, la calificación de su conducta por el tribunal no es liviana, ya que señala cómo Nadal intervino de manera decisiva a favor de que se concedieran las subvenciones a favor de una compañía de la que acababa de adquirir el 25%.
Según señala el tribunal, "estaba en los dos lados, aunque pretenda convencer de que en realidad no se enteraba de lo que ocurría en ninguno de ellos", señala el tribunal.
La Audiencia impuso una pena de 3 años de cárcel al administrado de la empresa Studio Media Comunicación, Alfredo Conde. Esta empresa fue receptora de la subvención que el Consell concedió a Vídeo U en 2004. A esta persona, al anularse una parte de su condena se le se le reduce la condena impuesta de tres años de prisión a dos años, siete meses y quince días por malversación y falsedad.