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Estrasburgo confirma la condena a España por la 'doctrina Parot' y exige excarcelar a Inés del Río

  • Concluye que esta terrorista está privada irregularmente de libertad desde 2008
  • Señala que no podía prever que el Supremo cambiaría su jurisprudencia
  • La sentencia, que es firme, obliga al Estado a indemnizarla con 30.000 euros
  • Se abre la puerta a que más de un centenar de terroristas pidan salir de prisión
  • Lee la sentencia sobre la doctrina Parot en inglés | Sentencia en francés (.pdf)

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Estrasburgo anula la 'doctrina Parot' y exige la excarcelación de la etarra Inés del Río

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha confirmado este lunes la condena a España por aplicar retroactivamente la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río para evitar que saliera de prisión en 2008 y retrasar su excarcelación hasta 2017. En la sentencia, contra la que no cabe recurso, insta a las autoridades españolas a "garantizar su puesta en libertad en el plazo más breve posible" y obliga al Gobierno a indemnizarla con 30.000 euros.

Los 17 jueces de la Gran Sala del TEDH concluyen por unanimidad que Inés del Río está privada de libertad de forma "no regular" desde hace cinco años. El tribunal censura que se le aplicara esta doctrina -que fijó en 2006 el Tribunal Supremo y que endureció el cumplimiento de las penas- ya que la terrorista no podía prever cuando fue condenada que el alto tribunal español cambiaría la forma de computar las redenciones de pena por días de trabajo.

En la sentencia conocida este lunes, Estrasburgo solo se pronuncia sobre este caso en concreto, pero su decisión abre la puerta a que más de un centenar de presos de ETA pidan la revisión de sus penas para salir de prisión.

De hecho, los abogados de Inés del Río han anunciado este lunes por la tarde que reclamarán la puesta en libertad inmediata de otros 55 presos de ETA afectados por la 'doctrina Parot'. Interior estima que hasta 61 podrían pedir su excarcelación inmediatamente y otros 75 en los próximos años.

En cualquier caso, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha insistido por la mañana en que serán los tribunales españoles los que ahora tendrán que pronunciarse sobre cada caso individual. Las asociaciones de víctimas han mostrado su repulsa a la sentencia.

De momento, la Audiencia Nacional, que fue el tribunal que aplicó la 'doctrina Parot' a Inés del Río, celebrará este martes un pleno extraordinario para decidir si la deja en libertad tras la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, informa Efe.

Violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos

Estrasburgo establece que España ha violado el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a la libertad y a la seguridad (por unanimidad) y el artículo 7 sobre que no hay pena sin ley (por 15 votos contra 2).

La sentencia de Estrasburgo conocida este lunes insta a España a excarcelar a Inés del Río (por 16 votos contra uno) tras concluir que desde 2008 ha sufrido una privación de libertad que "no es regular" y le recuerda que debe acatar la sentencia.

La Gran Sala del TEDH obliga también al Gobierno español a indemnizar a esta terrorista con 30.000 euros por daños morales en el plazo de tres meses, como ya fijó en su sentencia de julio de 2012. España deberá pagar también 1.500 euros en concepto de costas.

Desde 2008 la privación de libertad de Inés del Río no es regular

La indemnización es el punto que más discrepancias ha provocado en el tribunal ya que siete de los 17 jueces se han pronunciado en contra. El Gobierno, en cualquier caso, ya ha anunciado que no pagará este dinero a Del Río porque en su día fue el Estado el que sufragó la indemnización a las víctimas de sus atentados al declararse insolvente.

Inés del Río, miembro del comando Madrid, fue condenada a más de 3.800 años de prisión por 24 asesinatos, entre ellos los del atentado de plaza República Dominicana de Madrid, en el que murieron 12 guardias civiles en 1986. Tenía prevista su salida de prisión en 2008 pero se retrasó a 2017 tras aplicarle la 'doctrina Parot'.

Un cambio para que estuvieran 30 años en prisión

Esta doctrina fue establecida por el Supremo en 2006 para evitar que el terrorista Henry Parot, autor de más de 80 asesinatos, entre ellos los del atentado de la casa cuartel de Zaragoza, saliera de prisión tras cumplir solo 16 años de condena gracias a los beneficios penitenciarios.

El Código Penal de 1973 permitía la redención de un día de condena por cada dos de trabajo pero no detallaba cómo se tenía que hacer el cómputo, así que hasta 2006 los tribunales descontaban estos días del tiempo máximo de estancia en prisión, es decir, de 30 años.

Sin embargo, el Supremo cambió esta manera de calcular las redenciones y estableció que debían descontarse de cada una de las condenas que pesaran sobre el preso empezando por la de más cuantía, lo que garantizaba que el preso cumpliera una condena efectiva de tres décadas.

De esta forma, se pretendía evitar que terroristas condenados a centenares y miles de años de prisión pudieran salir libres sin haber cumplido ni 20 años gracias a los beneficios penitenciarios que establecía el Código Penal del 1973 por el que fueron juzgados los autores de los atentados de ETA entre 1976 y 1995. Desde entonces se ha aplicado a más de un centenar de terroristas y delincuentes comunes, entre ellos varios violadores.

Un cambio que Del Río "no podía prever"

Según la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Inés del Río, "no podía prever que el Tribunal Supremo modificaría su jurisprudencia en febrero de 2006 ni que tal modificación le sería aplicada y supondría aplazar en casi nueve años la fecha de su puesta en libertad" (del 2 de julio de 2008 al 27 de junio de 2017).

Estrasburgo señala que, a pesar de la "ambigüedad" del Código Penal de 1973 a la hora de establecer cómo se debían descontar los día de condena por trabajo, hasta 2006 las autoridades penitenciarias y judiciales españolas habían seguido la práctica constante de aplicar las redenciones de pena sobre el límite máximo de 30 años y no sobre cada una de las penas.

Inés del Río no podía prever que el Supremo modificaría su jurisprudencia en 2006

Hasta entonces, señala el TEDH en su nota sobre la sentencia, "esta práctica benefició a numerosas personas" condenadas en virtud del Cógido Penal de 1973 por lo que la demandante, Inés del Río, podía esperar ser tratada de la misma manera.

La sentencia conocida este lunes asegura que la aplicación de la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río ha privado de efecto útil a las redenciones de pena a las que en principio tenía derecho.

Redención de nueve años por trabajo en prisión

Inés del Río fue condenada a más de 3.800 años de prisión en ocho juicios distintos celebrados entre 1988 y 2000 por atentados cometidos entre 1982 y 1987. Entre los años 1993 y 2004 le fue concedida una redención de nueve años por el trabajo realizado en prisión lo que le permitía quedar en libertad en 2008. Sin embargo, la Audiencia Nacional aplicó la nueva doctrina del Supremo y retrasó su salida de prisión a junio de 2017.

Por este motivo, Estrasburgo concluye que esta presa de ETA ha cumplido una pena mayor de la que debería haber cumplido "según el sistema jurídico español en vigor en el momento de su condena", por lo que insta a las autoridades españolas a "garantizar su puesta en libertad en el plazo más breve posible".

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha confirmado así este lunes la condena que impuso a España en julio de 2012 cuando concluyó que no se podía aplicar la 'doctrina Parot' retroactivamente. España recurrió entonces la sentencia y el pasado mes de marzo defendió ante los 17 magistrados que integran el TEDH que no era igual un asesinato que 132.

Más de un centenar de etarras pueden pedir su libertad

Ahora se abre la puerta a que 136 etarras pidan la revisión de sus condenas para salir de prisión (61 en una primera fase y otros 75 a lo largo de los próximos años), según los datos facilitados por el Ministerio del Interior a RTVE.es. Entre ellos está Domingo Troitiño, condenado por el atentado de Hipercor, y el asesino de Yoyes, Antonio López Ruiz, alias Kubati.

También podrán pedir la revisión 6 miembros del GRAPO, uno del GAL y otro del Ejército del Pueblo Gallego además de 15 delincuentes comunes como el asesino de las niñas de Alcasser Miguel Ricart o Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, condenado por dos asesinatos y 18 violaciones.

Al margen de los recursos que a partir de ahora se planteen en España, Estrasburgo tiene pendientes de resolver "entre 30 y 40" casos en relación con la 'doctrina Parot', según han confirmado fuentes del TEDH a Europa Press.

El juez español vota a favor de la libertad de Inés del Río

Entre los 17 jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se encuentra el español Luis López Guerra, que fue secretario de Justicia entre 2004 y 2007 con José Luis Rodríguez Zapatero.

López Guerra ha votado a favor de condenar a España por aplicar la 'doctrina Parot' a Inés del Río y de imponer el pago de la indemnización de 30.000 euros a la etarra, según informa Europa Press.

El magistrado fue uno de los magistrados que en julio de 2012 ya  votó a favor de la derogación de la Parot tras el recurso presentado  por la etarra Inés del Río Prada.

López Guerra, miembro del TEDH desde 2007, es una figura muy  cuestionada por las víctimas del terrorismo, que creen que ha  transmitido entre sus compañeros la idea de que España es favorable a  la derogación de la 'doctrina Parot', según esta misma agencia.