El Constitucional niega el amparo al condenado por los atentados del 11M Antonio del Toro
- Fue condenado a 4 años por tráfico de los explosivos de los trenes
- Ha recurrido al TC para que le descontaran la prisión preventiva
El Tribunal Constitucional ha negado el amparo a Antonio Toro, condenado por tráfico con los explosivos usados en los atentados del 11M, quien pedía que corrigiera la decisión del Tribunal Supremo que no le redujo su pena mediante el descuento del tiempo que pasó en prisión preventiva.
Toro alegó ante el Tribunal Constitucional, para pedirle su amparo, que se había vulnerado su derecho a la libertad porque la Audiencia Nacional y luego al Supremo se habían negado a descontarle ese tiempo de prisión provisional de su cumplimiento total de penas.
Su caso se produjo porque estaba en prisión preventiva al tiempo que cumplía una condena anterior, motivo por el cual ese tiempo no se le había descontado.
Ahora el TC le responde también negativamente porque considera que, al haberle sido fijado un cumplimiento de 18 años de cárcel por acumulación de condenas, no le corresponde descontarle el tiempo cumplido en prisión preventiva.
Es decir, el Constitucional niega el cómputo de la prisión preventiva en casos de condenas acumuladas como es el de Toro, aunque la sentencia se produce con un voto particular.
El reo tiene sobre sí tres condenas diferentes y pretendía que se restaran de su cumplimiento máximo resultante de acumular sus penas los 1.064 días que pasó en prisión provisional por el 11M y los otros 219 por la Operación Pipol, relacionada con tráfico de drogas.
El Constitucional señala que lo que Toro pretende es un "doble cómputo de la prisión preventiva" porque quiere descontar ese tiempo del máximo cumplimiento resultante de la acumulación de penas.
"Si el mismo tiempo de privación material de libertad se descuenta varias veces de la sanción prevista para varios hechos", responde en este sentido la sentencia, "podría producirse la paradoja de que el tiempo de cumplimiento efectivo de condena podría verse reducido por el hecho de haber cometido otros delitos graves".
En su voto particular, los magistrados discrepantes (Adela Asúa y Fernando Valdés) consideran que sí se debe descontar el tiempo de prisión preventiva en casos como el de Toro, pues "el cumplimiento en calidad de penado se ve directa y perjudicialmente afectado por el hecho de coincidir con una situación de prisión provisional decretada".
Esto es así, dicen, porque "el penado que se encuentra con causas pendientes en situación de prisión provisional, no puede acceder a ningún régimen de semilibertad, no puede obtener permisos, ni puede obtener la libertad condicional".
Antonio Toro fue condenado a 4 años de prisión por facilitar los explosivos del 11M. Es cuñado del exminero José Emilio Suárez Trashorras y ambos fueron detenidos y procesados en varias causas, entre ellas su presunta participación en la citada trama de los explosivos.