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Hacienda concluye que Aizoon defraudó 280.000 euros en cuatro años pero no aprecia delito

  • No hay delito porque lo defraudado no supera los 120.000 euros anuales
  • Urdangarin facturaba servicios a través de Aizoon para defraudar

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El fiscal general dice que no hay abierta ninguna negociación entre la Fiscalía e Iñaki Urdangarin

El último informe de la Agencia Tributaria (AEAT) remitido al juez del caso Nóos concluye que Aizoon, la empresa que compartían Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina al 50%, defraudó a Hacienda 281.109 euros entre 2007 y 2010 en el impuesto de sociedades. Según este documento al que ha tenido acceso TVE, no habrían cometido delito fiscal porque la cantidad defraudada no superó en ningún ejercicio los 120.000 euros.

La Delegación Especial de la administración fiscal en Cataluña ha calculado esta cantidad a instancias del juez instructor del caso Nóos, José Castro, a quien ha remitido un informe de 192 páginas en el que detalla la actividad de Aizoon en ese cuatrienio y que vuelve a desvincular a la infanta de las presuntas irregularidades cometidas por su marido a través de esta empresa.

La conclusión del balance contable de los técnicos es que en 2007 Aizoon dejó de abonar 99.787 euros del impuesto de sociedades, 91.101 euros en 2008, 71.073 euros en 2009 y 19.148 euros en 2010, con lo que en ninguno de esos ejercicios habría cometido delito, ya que el mínimo para que el fraude tenga esa consideración es de 120.000 euros.

Los inspectores ponen de manifiesto que la sociedad era esencialmente un instrumento para canalizar las ganancias de Urdangarin por sus labores de asesoramiento para diferentes compañías, aunque también obtenía ingresos mediante el arrendamiento de inmuebles propiedad del matrimonio.

La Agencia Tributaria resalta además que los contratos de Urdangarin con las empresas a las que aconsejaba se justificaban únicamente por su condición de esposo de la infanta y exdeportista de elite, informa Efe.

"En ningún caso constan -ni se han aportado por la entidad a la Inspección- resultados documentales de la actividad desplegada", subraya en su informe Hacienda, que agrega que tampoco los testigos que han declarado en el proceso han sabido ofrecer "más que explicaciones vaporosas" de los servicios proporcionados por Aizoon.

Servicios vinculados "indisolublemente" a Iñaki Urdangarin

Según informa Europa Press, Iñaki Urdangarin facturó a través de Aizonn servicios "íntimamente e indisolublemente vinculados" a su persona con el objetivo de que los ingresos obtenidos por estas labores pudieran ser ocultados en la declaración del IRPF.

Así, el análisis de la AEAT incide en que el marido de la infanta Cristina percibió retribuciones procedentes de entidades privadas por su condición de consejero asesor que, sin embargo, eran facturadas a través de Aizoon con el fin de tributar menos en su declaración de la renta.

Más en concreto, se trata de unos ingresos que percibió de mercantiles como Motorpress Ibérica, Aceros Bergara, Mixta Africa, Pernod Ricard (Francia), Havas Sports France y Seeliger y Conde que, de acuerdo con los datos obtenidos por la Agencia Tributaria, debían imputarse a la persona física ñde Urdangariní y no a la persona jurídica Aizoon.

En el estudio se aporta como ejemplo del peso de los ingresos de Urdangarin en la empresa que compartía con su esposa la relación de ingresos de 2007, en los que lo facturado por asesoramientos y participación en consejos de compañías mercantiles supone un 95% del total.

700.000 euros en un año por tareas de consultoría

En ese año, el duque de Palma cobró a través de Aizoon casi 700.000 euros de ocho empresas a las que prestaba servicios de consultoría, que le reportaron cantidades de entre 222.000 y 29.000 euros en el conjunto del ejercicio.

"Al menos hasta el ejercicio 2008, la propia naturaleza de las funciones desarrolladas bajo el nombre de Aizoon SL no requería incurrir en gasto alguno, ni afectar bienes, ni organizar recursos materiales o humanos para asegurar la generación de los ingresos", y menos en los casos en los que los contratos incluían cláusulas por las cuales se abonaban los supuestos gastos, indica Hacienda.

En cuanto a la actividad de arrendamiento y subarrendamiento de propiedades de la sociedad, la Agencia Tributaria considera que no puede ser considerada como tal desde el punto de vista fiscal porque no existía un local en el que se desarrollara esa gestión ni una persona contratada expresamente para hacerlo, condiciones requeridas por la ley.

Junto al informe que analiza estos datos, que ha remitido este martes a las partes el juez Castro, Hacienda le entregó este lunes una relación de las declaraciones del impuesto de sociedades de 2003 a 2012 y un resumen de los acrecentamientos patrimoniales de Torres, Urdangarin y las entidades que controlaban.

El instructor del caso Nóos, que ha urgido a la Agencia Tributaria y la Policía para que le aporten cuanto antes toda la información que les ha requerido, tiene previsto consultar a las partes sobre la imputación de la infanta cuando concluya la investigación sobre su papel en Aizoon.