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Absuelta la pianista que se enfrentaba a una pena de cárcel por molestar a una vecina

  • Laia Martín fue denunciada por una vecina que alegaba sufrir lesiones psíquicas
  • Decía que ensayaba sin insonorización y a más decibelios de los permitidos
  • La Audiencia ve una "absoluta falta de fundamento" en las acusaciones

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La Audiencia de Girona ha absuelto por falta de pruebas a la pianista de Puigcerdà Laia Martín, que se enfrentaba a una pena de siete años y medio de prisión que pidió la Fiscalía -luego rebajada a 20 meses- por los delitos contra el medio ambiente por contaminación acústica y un supuesto delito de lesiones psíquicas.

Lo ha decretado en la sentencia fechada este martes 26 de noviembre, después de que Laia Martín fuese denunciada por una vecina porque le molestaba el sonido constante del piano, y pidió la baja laboral por diversas lesiones psíquicas.

La sentencia mantiene que "no se ha practicado prueba de cargo suficiente que permita acreditar que entre octubre del 2003 y septiembre de 2007" la acusada estuviera tocando los días y horas denunciados y a más decibelios de los legalmente permitidos.

La Fiscalía consideró que la pianista e intérprete, que ahora tiene 28 años y tenía 18 cuando se presentó la denuncia -y que cursaba entonces sus estudios oficiales de música- entre octubre de 2003 y septi2007 tocaba el instrumento en su domicilio 40 horas a la semana, de 9:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 18:00 horas, sin que la sala donde ensayaba estuviera insonorizada.

Además, el magistrado ve una absoluta falta de fundamento de las acusaciones en contra de los padres de la ahora concertista, para los que se pedía también condena como colaboradores necesarios, y destaca que llevaron a cabo varias actuaciones para insonorizar la habitación y el piano: en 2005 hicieron obras en la habitación donde estaba el primer piano y en 2007, tras comprar el segundo, insonorizaron el instrumento colocando mantas acústicas.

La vecina, Sonia Bossoms, alegaba sufrir a causa del sonido del piano una alteración del sueño, nerviosismo, intranquilidad, desasosiego, ansiedad, episodios de pánico e, incluso, problemas de gestación en los últimos meses del embarazo de su segundo hijo, nacido en 2006. De hecho, llegó a mudarse a Galicia en 2007 porue, aseguraba, no soportaba más el ruido.

En el juicio, la pianista negó las acusaciones y atribuyó la situación a que su vecina "se obsesionó" con ella.

La Audiencia critica la magnitud que se ha dado al caso

La resolución destaca que no se ha podido acreditar que exista una relación directa entre el sonido del instrumento y el trastorno nervioso que padecía la denunciante, y critica la calificación provisional de los hechos, que califica de "inadecuada" y las penas solicitadas inicialmente por las acusaciones, que considera que fueron "desproporcionadas".

"El Tribunal considera que en este proceso se ha disparado contra todo lo que se movía, por elevación y con pólvora de rey", entre otras cosas por la absoluta falta de fundamento de las acusaciones contra los padres que, según la Audiencia, han sido sometidos a una pena de banquillo injusta e injustificada durante un proceso que ha durado años y que ha llegado a atraer la atención de "numerosos medios de comunicación en el acto de la vista y la difusión del caso a nivel nacional".

Lamenta además que para "un asunto de tan limitada entidad y complejidad técnica" se haya necesitado tanto tiempo, la intervención de la Audiencia y cuatro días de juicio, entre otros medios desplegados.