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La Eurocámara aprueba la directiva que mejora la protección del consumidor al firmar una hipoteca

  • En el plazo de dos años, los Estados deben incorporarla a sus legislaciones
  • La Autoridad Bancaria podrá investigar si los países la vulneran o no la aplican
  • Habrá dación en pago si las dos partes la acuerdan expresamente en el  contrato

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El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este martes de forma definitiva -por 596 votos a favor, 31 en contra y 65 abstenciones-  una directiva cuyo objetivo es acabar con los abusos en la concesión de  créditos hipotecarios y mejorar la protección de los consumidores  frente a los desahucios en caso de impago.

Los Estados miembros contarán a partir de ahora con un plazo de dos años  para incorporar esta directiva, la primera normativa europea en el  ámbito hipotecario, a sus respectivas legislaciones nacionales. La  Autoridad Bancaria Europea podrá investigar si los países vulneran las reglas o las aplican incorrectamente.

El pasado abril, la Eurocámara y Estados miembros alcanzaron un acuerdo provisional que recogía la exigencia de los eurodiputados de utilizar la dación en pago en los casos de familias en quiebra, y que ha servido de base para cerrar el texto aprobado este martes en el pleno.

Dación en pago y "buena información"

"Para muchas familias, una hipoteca es su mayor y más duradero  compromiso financiero. Así que necesitamos estas reglas para avanzar  hacia un mercado hipotecario de la UE que sea estable, integrado y,  sobre todo, sostenible, con un alto nivel de protección para los  consumidoresbuena información y relaciones equilibradas entre  prestamistas y prestatarios", ha dicho el eurodiputado socialista  Antolín Sánchez Presedo, ponente parlamentario del texto.

La directiva impide que los Estados miembros se opongan a la  dación en pago si las dos partes la acuerdan expresamente en el  contrato de crédito.

Además, exige a los bancos que se muestren  "razonablemente tolerantes" en el caso de clientes con graves  dificultades de pago y que hagan "todos los esfuerzos razonables para  resolver la situación" antes de iniciar un procedimiento de  desahucio.

Mínimos "inembargables" en salarios y pensiones

Cuando un ciudadano deje de pagar la hipoteca, la norma exige que  la propiedad se venda por el mejor precio posible y que el banco  facilite el pago de la cantidad pendiente con el fin de evitar que  los consumidores estén sobreendeudados durante largos períodos. Así,  se prevén mínimos inembargables en salarios y pensiones.

La directiva obliga al banco a evaluar la capacidad del consumidor  para reembolsar el crédito e introduce, por primera vez, estándares  a nivel europeo. Si el resultado de la evaluación de solvencia es  negativo, la entidad deberá denegar la hipoteca.

Los bancos tendrán que entregar a los clientes un folleto  estandarizado de información sobre la hipoteca que, según Bruselas,  les permitirá comparar ofertas e identificar la más barata y que más  se ajusta a sus necesidades. El folleto deberá avisar de los riesgos  asociados con la oferta, por ejemplo, si es de tipo variable o está  contratada en una divisa extranjera.

Los consumidores se beneficiarán de una mayor competencia porque, en términos generales,  la directiva prohíbe ligar la concesión de la  hipoteca a la adquisición de otro producto financiero. No obstante,  este vínculo se permitirá en algunos casos como cuando se trata de  seguros o de productos de ahorro.

Los Estados podrán imponer una compensación "justa" para el banco

La directiva reconoce el derecho de los consumidores a reembolsar  la hipoteca antes de su vencimiento. Y deja a los Estados miembros  libertad para imponer el pago de una "compensación justa" al banco.

Los consumidores se beneficiarán de un plazo de tiempo garantizado de  siete días antes de quedar vinculados por el contrato de hipoteca,  mediante un período de reflexión, un derecho de desistimiento o  ambos.

La nueva norma pretende además crear un mercado único hipotecario  que sea más eficaz y competitivo. Para ello, se creará un pasaporte  europeo que permita a los intermediarios de crédito autorizados en un  Estado miembro ofrecer sus servicios en toda la UE, como ya ocurre  por ejemplo con los fondos de inversión. Los intermediarios tendrán  derecho además a acceder de forma no discriminatoria a las bases de  datos sobre historial de crédito de sus clientes.