La Audiencia Nacional confirma que Rajoy no declarará como testigo por el caso Bárcenas
- No es necesario porque han declarado tres secretarios generales del PP
- Ruz ya rechazó en octubre llamar a declarar a Rajoy, Rato y Mayor Oreja
- También rechaza pedir a la Xunta el expediente de la Ciudad de la Cultura
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, no deberá declarar como testigo por el caso Bárcenas y rechaza así el recurso de apelación de una de las acusaciones del juez instructor Pablo Ruz de no citarle.
En el auto, la sección cuarta también confirma que el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato y el exministro Jaime Mayor Oreja tampoco tendrán que declarar en la pieza del caso Gürtel que investiga la supuesta contabilidad B en el PP, reflejada en los papeles manuscritos del extesorero del partido Luis Bárcenas.
Ruz ya rechazó en octubre llamar a declarar a Rajoy, Rato y Mayor Oreja porque la petición ejercida por la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (Adade) tenía "un interés cuya legitimidad no puede ser reconocido", pero esta acusación recurrió a la Sala de lo Penal la negativa del juez instructor de Gürtel.
La sección cuarta explica ahora que estas declaraciones no son efectivamente necesarias porque ya han comparecido ante Ruz tres secretarios generales del PP (María Dolores de Cospedal, Javier Arenas y Francisco Álvarez Cascos) para explicar el procedimiento que se seguía en el partido para recibir donaciones anónimas entre 1992 y 2008, con lo que el juez "se habrá hecho cabal idea" de cómo funcionaba el sistema.
En lo que se refiere a Rajoy, la Sala "no advierte la necesidad de corroborar actualmente" más anotaciones de los papeles de Bárcenas, ya que han testificado sobre el tema varias personas.
Es a Ruz a quien "compete"
Añade que "una cosa es lo que las partes interesen que se practique en el curso del proceso penal y otra bien distinta que se tenga que acordar todo lo pedido si el instructor al frente de la investigación, con lo obrante, ha ido comprobando y entiende despejado".
Respecto al hecho de que algunos testigos hayan dicho que los apuntes de Bárcenas no se corresponden a la realidad, la sala entiende que es a Ruz, con las pruebas que ha ido recopilado y que aún practicará, a quien "compete disipar estos hechos", en el caso de que la entrega de donaciones anónimas de empresarios y el presunto pago de dinero B a cargos del PP tengan consecuencias penales.
Otra de las razones por las que se pidió la comparecencia de Rajoy es su posible conocimiento de los hechos dado el cargo que ostentaba en el partido cuando supuestamente existía la caja B, pero la sala considera que es "improcedente" y "extemporánea" porque ya han declarado al respecto tres ex secretarios generales de la formación.
"Tres secretarios generales -afirma el auto- han depuesto sobre un mismo hecho y ahora se pretende que otras tres personas, una de ellas el presidente de la formación política, sean llamados a deponer sobre extremos ya explicados en este procedimiento, sin que el juzgado, tras aquellas declaraciones, nada haya acordado, señal de que, con lo obrante, el instructor (Ruz) se habrá hecho cabal idea".
En cuanto a Rato y Mayor Oreja, la resolución también incide en que el periodo que pudiera afectarles no es objeto de investigación porque estaría prescrito.
Dos acusaciones particulares, la Asociación de Abogados Demócratas por Europa y el sindicato Manos Limpias habían solicitado que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, compareciera como testigo. También solicitaban la comparecencia de Cospedal, Álvarez-Cascos, Arenas, que ya han declarado ante el juez como secretarios generales del partido, y las del exministro del Interior, Mayor Oreja y del exministro de Economía, Rodrigo Rato, que como resuelve la Audiencia Nacional, finalmente no tendrán que declarar.
Rechaza pedir a la Xunta el expediente de la Ciudad de la Cultura
La sala de lo penal de la Audiencia también ha rechazado pedir a la Xunta de Galicia el expediente de adjudicación y contratación de la Ciudad de la Cultura de Santiago de Compostela, que había reclamado la acusación popular que ejerce el Observatorio DESC y al que se adhirió la ejercida por Izquierda Unida.
Esta solicitud ya fue desestimada el 17 de septiembre por el juez Ruz y ahora la sección cuarta respalda esta decisión al considerar que la petición de este expediente de adjudicación y contratación no procede.
"El planteamiento de la parte recurrente no se ajusta a las investigaciones ya acotadas", señala el auto, que incide en que el principio de tutela judicial efectiva, al que se acoge la acusación, no ampara la ampliación de un procedimiento "ya de por sí amplio y complejo" y considera que no se indica el nexo de unión con las diligencias que se están practicando.